guckuck2
08.04.2022 22:02:41
- #1
¿Qué otra razón aparte de la venta de la casa existe? De lo contrario, no es posible la explotación del terreno, pero eso es un acto de equilibrio.
No se trata de una rescisión ordinaria, sino siempre de una rescisión extraordinaria. No se pueden nombrar de manera exhaustiva motivos legítimos para ello. Cito de mi propio contrato:
El prestatario puede rescindir extraordinariamente el contrato de préstamo garantizado con un derecho real pignoraticio con un plazo de 3 meses si sus intereses legítimos lo justifican, pero no antes de 6 meses después de la recepción completa del préstamo. Un interés legítimo es en particular la necesidad del prestatario de utilizar de otro modo el objeto pignorado. [...]
Un párrafo después ...
En caso de que exista una razón importante (§§ 490 apartado 3, 314 del Código de Construcción) el prestatario además tiene derecho a rescindir extraordinariamente el contrato sin cumplir un plazo de preaviso y a devolver anticipadamente el préstamo a la prestamista sin pagar una compensación por pago anticipado.