i_b_n_a_n
23.12.2022 16:46:11
- #1
Quizás para todos los escépticos respecto a [Erbbau] un extracto de mi contrato (con gusto más si es necesario ;-)
§ 11
Compensación en caso de reversión y extinción del derecho de superficie por expiración del plazo
1)
Si el propietario del terreno hace uso del derecho de reversión o el derecho de superficie se extingue por expiración del plazo, el propietario del terreno debe conceder una compensación al titular del derecho de superficie.
2)
La compensación en caso de reversión es de 2/3 (dos tercios) del valor de mercado que tenga el derecho de superficie en el momento de la reversión o que tengan la obra y las construcciones. En caso de extinción del derecho de superficie corresponde compensar el valor de mercado total. Al valorar el derecho de superficie, la obra y las construcciones, se deben considerar las medidas de urbanización en la medida en que el titular del derecho de superficie haya reembolsado o pagado por sí mismo los gastos de urbanización al propietario del terreno.
Conclusión: la reversión se debería y puede evitar, la extinción (por expiración del plazo) conlleva una compensación por el valor de mercado COMPLETO.
§ 11
Compensación en caso de reversión y extinción del derecho de superficie por expiración del plazo
1)
Si el propietario del terreno hace uso del derecho de reversión o el derecho de superficie se extingue por expiración del plazo, el propietario del terreno debe conceder una compensación al titular del derecho de superficie.
2)
La compensación en caso de reversión es de 2/3 (dos tercios) del valor de mercado que tenga el derecho de superficie en el momento de la reversión o que tengan la obra y las construcciones. En caso de extinción del derecho de superficie corresponde compensar el valor de mercado total. Al valorar el derecho de superficie, la obra y las construcciones, se deben considerar las medidas de urbanización en la medida en que el titular del derecho de superficie haya reembolsado o pagado por sí mismo los gastos de urbanización al propietario del terreno.
Conclusión: la reversión se debería y puede evitar, la extinción (por expiración del plazo) conlleva una compensación por el valor de mercado COMPLETO.