Scout**
05.05.2022 13:41:11
- #1
Él seguramente se refiere al 316b. Siempre hay un poco de pérdida.
Percepción común: Un embargo no constituye un comportamiento típico en el sentido de una influencia real sobre una sustancia material. De lo contrario, el 316b ya se habría aplicado muchas, muchas veces.
¡Quien afirme lo contrario, miente!
Pero en varios implicados también aplica
STGB § 129 Formación de asociaciones criminales
(1) 1Será castigado con pena de prisión de hasta cinco años o con multa quien funda una asociación o participe como miembro en una asociación cuyo propósito o actividad esté dirigida a la comisión de delitos que sean castigados en su máxima pena con prisión de al menos dos años. 2Será castigado con pena de prisión de hasta tres años o con multa quien apoye tal asociación o reclame miembros o partidarios para ella.
(2) Una asociación es una unión organizada, planificada para un período prolongado, de más de dos personas, independiente de la determinación de roles de los miembros, de la continuidad de la membresía y de la configuración de la estructura, destinada a perseguir un interés común superior.
(3) El apartado 1 no se aplica,
1. | si la asociación es un partido político que el Tribunal Constitucional Federal no haya declarado inconstitucional, |
y por el apartado 3) se declara preventivamente nulo en política. No sea que alguien pueda atribuir algo deshonesto a nuestros partidos y sus representantes.... ¡Improbus qui cogitat malum!