bowbow91
08.04.2022 15:23:26
- #1
Y ahora imagina que tienes una razón (divorcio, traslado laboral, proyecto de construcción se vuelve demasiado caro y por eso se corta por lo sano...) para tener que vender después de poco tiempo. Eso es lo que yo llamo una compensación por cancelación anticipada bien jugosa para el banco: 3,92% a 30 años..... uih uhi uih:eek:
La compensación siempre se calcula solo sobre 10 años. Y no se cobra directamente el interés, sino la diferencia con los bonos hipotecarios/bonos (método activo-pasivo). Por lo tanto, el interés exacto solo juega un papel indirecto. Si hubieras contratado a 0,5%, también saldría caro si, por ejemplo, los bonos del Estado cotizan muy por debajo de cero.
¿Puede suceder entonces, a la inversa, que no se genere ninguna compensación por cancelación anticipada, porque las rentabilidades hayan subido tanto mientras tanto? Esto ha ocurrido en los últimos meses y probablemente seguirá así por un tiempo... Excepto, por supuesto, por las comisiones de tramitación y similares...
En el mejor de los casos se puede salir solo con las comisiones de tramitación. Las tasas actuales de los bonos hipotecarios superan a veces claramente el tipo de interés hipotecario del año pasado.