En realidad, queríamos colocar esto delante de la ventana del baño de invitados que da a la calle.
¿No está el baño justo al lado de la casa del vecino?
En Baviera, algo así sería al menos inadmisible si el vecino no lo desea:
Un vecino debe retirar una bomba de calor aire-aire si la ha instalado a una distancia inferior a tres metros del terreno vecino. Esto fue decidido por el Tribunal Superior Regional de Nuremberg con sentencia del 30.01.2017. Las disposiciones de la normativa de construcción también ejercen su efecto protector en las relaciones vecinales y dan lugar a un derecho civil de reivindicación de eliminación (Expte.: 14 U 2612/15).
La demandada opera en su terreno una bomba de calor situada a dos metros del terreno vecino de los demandantes. Los demandantes exigieron que la demandada retirara la bomba de calor porque esta causaba una considerable molestia por ruido. El Tribunal Regional de Nuremberg-Fürth confirmó en primera instancia el derecho a la eliminación. Contra esto, la demandada presentó apelación. El Tribunal Superior Regional confirmó al tribunal de primera instancia y también reconoció el derecho de los demandantes a la eliminación de la bomba de calor. La demandada no respetó la distancia mínima prevista por la normativa de construcción, que es de al menos tres metros. De acuerdo a la normativa, la bomba de calor es una instalación distinta según el Art. 6, párrafo 1, frase 2 del Código de Construcción de Baviera, ya que tiene un efecto similar al de un edificio.... Según el Tribunal Superior Regional, no importa el tamaño de la instalación en sí, sino las emisiones que esta genera en general. Independientemente de la cantidad de ruido producido por la bomba de calor, éste es al menos apto para perturbar la paz vecinal. Precisamente esta protección es la que buscan las regulaciones sobre las distancias entre construcciones
Para la situación en BW, busca en Google "Zivilrechtliche Beseitigungsansprüche gegen Luftwärmepumpen Dr. Werner Nickl, Eislingen", donde se trata este tema con detalle.