Hausbau2019
11.08.2019 23:44:49
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Los pagos a cuenta están establecidos contractualmente en porcentaje, pero no corresponden al servicio real. Por lo tanto, adelanto el pago, obviamente bajo la suposición de que la construcción continuará y que el pago adelantado se compensará. Si el Sr. xxx, contrariamente al acuerdo, no continúa con la construcción, se habrá beneficiado patrimonialmente y nos habrá engañado. Eso constituye un fraude. Yo he cumplido con mis obligaciones, él no.