Reducción temporal del IVA en un 3% hasta el 31.12.2020

  • Erstellt am 03.06.2020 22:46:58

Tolentino

24.06.2020 21:58:03
  • #1
Solo quería concretar un poco lo de las "Preguntas civiles". Al leerlo por primera vez suena como si solo dependiera del plazo si el consumidor disfruta del menor IVA.

Sobre si vale la pena. Eso depende un poco de la pregunta de cuántos oficios están afectados.
Una cocina con un valor de 20.000 EUR en cambio sale por 500 EUR, probablemente no se inicia una disputa legal por eso.
En el caso de ventanas, sanitaria, calefacción, electricidad y enlucido por un valor de quizás 200.000 EUR (?), ya se trata de 5.000 EUR. Ahí podría valer más la pena. Por supuesto, puede ir en ambos sentidos.
 

Aliona

25.06.2020 07:13:13
  • #2
¡Hola!

Brevemente nuestros datos:
Cita para la notarización: finales de 2019
Facturación: 100% repartido en varias facturas hasta junio de 2020
Recepción: julio de 2020
Entrega: después de julio de 2020

Se trata de un contrato de promotor inmobiliario, el terreno y la casa que está en él pertenecen al promotor y se consideran conjuntamente.

En el contrato dice:
##
El precio de compra es € xxx.000,-- (en palabras: euros xxx).

Si la carga del vendedor aumenta debido a un cambio en el impuesto al valor agregado, el vendedor puede añadir el aumento real que corresponda al objeto de compra a la última cuota, siempre que el aumento no esté incluido en las cuotas de compra que vencen para pago dentro de los 4 meses siguientes a hoy.
##

En el contrato no se menciona una tasa de impuesto al valor agregado ni una reducción de costos.

Las facturas no muestran ningún impuesto, sólo la línea:
"Der Verkauf von Grundstücken und grundstücksgleichen Rechten ist von der Umsatzsteuer befreit."

¿Existe la posibilidad de beneficiarse de la reducción al 16% o hemos tenido mala suerte porque no se realiza ninguna tributación según las facturas?
Alguien se lleva entonces ese 3%, me parecería injusto...

Muchas gracias por sus opiniones.
 

saralina87

25.06.2020 07:30:15
  • #3

Su compra en total no está sujeta al IVA. Por lo tanto, no pagan IVA y no pueden beneficiarse de los 3 %.
 

Aliona

25.06.2020 07:37:22
  • #4
Respuesta clara - Qué lástima.

Una pregunta más:
Hemos encargado varios deseos especiales de pago al promotor, por ejemplo
- colocación parcial de azulejos
- trabajos de pintura
- garaje
- electricidad
- otras puertas, etc.

Esto no forma parte del contrato notarial. En la factura por estos conceptos también aparece la indicación de la exención del impuesto sobre el valor añadido y, por tanto, no se muestra impuesto alguno.
Prácticamente, el promotor encarga a una empresa local la realización de estos trabajos, que se llevarán a cabo en julio. Esta empresa factura al promotor y el promotor nos factura con un recargo a nosotros.

¿Es realmente esta el área de "derechos equivalentes a la propiedad del suelo", de modo que aquí tampoco sea posible aplicar la reducción del IVA?
 

saralina87

25.06.2020 08:14:35
  • #5

No, no tiene nada que ver con derechos equivalentes a la propiedad del terreno. Pero aun así está exento del IVA (tiene que ver con la unidad de la prestación) y por eso igual que con el resto, no hay posibilidad. Menos de cero no puede ser.
 

X_SH5_X

30.06.2020 11:46:54
  • #6
También una pregunta mía sobre la reducción del IVA. Nuevas ventanas, sistema de elevación corredera y puerta principal pedidos a principios de 2019, acordado en el contrato que un pago a cuenta del 20% tras la medición, 50% tras la entrega y 20% tras la instalación o progreso de la construcción. Las ventanas se instalaron en marzo, el pago a cuenta se realizó en febrero y marzo, pero aún faltan las molduras laterales, que se instalarán mañana (es decir, 1.7), así como los estores venecianos delante del sistema de elevación corredera y la puerta principal. En total, aún nos queda por pagar una cantidad de aproximadamente 8.000 € (casi el 30% del importe total) tras la finalización. ¿Cómo es la factura que seguramente llegará en julio, incluye para el pago restante el 16% o se facturará tal vez todo el importe con el 16% porque no estaba todo terminado y la recepción en ese sentido se realiza solo en julio? ¿O son facturas parciales por el progreso que seguirán siendo gravadas con el 19% y solo el pago restante con el 16%? ¿Alguien sabe algo? Gracias
 

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