Lo decisivo será la fecha de la prestación del servicio, eso ya fue así en el aumento de 2007.
Folleto de la Oficina de Consumidores en Google: flyer_mwst_2006.pdf
Exacto. Los pagos parciales según el plan de pagos/anticipos solo tienen el carácter de pagos anticipados sobre el precio total acordado.
Por lo tanto, se aplica probablemente de manera bastante simple: fecha de aceptación final = fecha de prestación del servicio.
Por lo tanto, se debería intentar que la aceptación final se pueda realizar antes del 31.12.2020.
Ejemplo:
- Finalización y aceptación final el 15 de julio de 2020
- Costos totales de construcción: 450 mil euros brutos (incl. 19 % de IVA) según contrato de obra; de los cuales ya se pagaron 400 mil euros en anticipos
Factura final: 450 mil € / 1,19 * 1,16 = 438,7 mil €
Pagadero con la factura final: 38,7 mil €
Ahorro o subvención indirecta: 11,3 mil €