Reducción temporal del IVA en un 3% hasta el 31.12.2020

  • Erstellt am 03.06.2020 22:46:58

kati1337

05.10.2020 07:36:10
  • #1
Sí, yo también he entendido que el momento que cuenta es el de la aceptación.
Para nuestra sorpresa, también se incluyeron en la factura final algunas facturas más y se corrigió el IVA relacionado con los trabajos de suelo al inicio de la obra. Ya las había pagado por separado (como "factura", no como anticipo), pero aparentemente para esto también cuenta la aceptación que tuvimos en septiembre.
Por lo tanto, ese concepto apareció nuevamente en la factura final y recuperamos la diferencia del IVA. Me sorprendió.

Por lo demás, nuestra factura final salió exactamente como se esperaba, con un 16% de IVA. Contrato de obra de enero, aceptación en septiembre.
 

WildWestWorker

05.10.2020 21:32:36
  • #2
Aún no he hablado con la empresa constructora sobre el tema del IVA, ya que primero quiero investigar un poco y posiblemente presentar argumentos a favor del IVA del 16%. Si la empresa constructora se mantiene en el 19% de IVA, me surge la pregunta de qué ganan ellos con eso aparte de pagar más impuestos. Concretamente estamos hablando de 69.350€ (19%) y 47.304€ (16%), lo que hace una diferencia de 22.046€. El impuesto para la empresa constructora es un gasto constante, ¿no? ¿Qué ventaja tiene la empresa entonces? ¿Estoy pasando algo por alto? Si la empresa constructora no se mueve para acompañar la reducción del IVA, podría proponer compartir el ahorro fiscal 50/50 y así conseguir una situación de beneficio mutuo. De todas formas, no contaba con ese dinero y cada euro (estamos hablando de más de 10k) sería un extra agradable. Lo que el contador/asesor fiscal de la empresa constructora haga con eso espero que no sea mi problema...
 

kbt09

06.10.2020 04:43:30
  • #3
La empresa podría ser culpable de evasión fiscal si la contabilidad, etc., es correspondiente. Existen normas sobre cuándo se deben aplicar el 16 % o el 19 % para determinados servicios. Y, ¿cuándo fue el momento de la aceptación en tu caso?

Y todo eso está documentado por escrito y en junio se aplica el 19 %.
Por lo tanto, la empresa constructora está segura con el 19 %.
Porque, si dos años después una auditoría fiscal determina que ese es el momento determinante de la prestación del servicio, seguramente no querrás pagar el 3 % adicional, ¿verdad?
 

kati1337

06.10.2020 06:27:03
  • #4


Por lo que entiendo, ellos en realidad te deberían trasladar la reducción si el momento de la aceptación está en la segunda mitad del año.
Si no es así, entonces ni tú ni la empresa constructora se benefician de un ahorro en el IVA. Lo que cuenta es la prestación del servicio, en el caso de la construcción de viviendas normalmente en la aceptación. Si hacen una aceptación aparte para trabajos adicionales, entonces podrías recibir una factura por esos trabajos con un IVA menor. Pero eso supondría que rechazaste la aceptación en junio para al menos esos trabajos. Si aceptaste con defectos y la empresa solo hace reparaciones, no puedes hacer mucho.
 

ttiggerin

06.10.2020 11:13:31
  • #5
Aunque sea solo "cosas menores", todavía no he encontrado nada sobre la aplicación de los números en la descripción de la construcción. Suponiendo que allí se indique que una puerta puede costar 400 EUR brutos y que los precios incluyen el IVA actual del 16 %, pero que la aceptación solo se realiza en 2021, ¿se mantendría el importe bruto o sería tal vez incluso 410 EUR (calculado: 400 EUR : 116 x 119) por puerta?
 

Ben-man

14.10.2020 15:14:17
  • #6
Estoy un poco confundido porque hoy nos llegaron tres facturas finales con un 19% de [Abschlussrechnungen] de los albañiles, carpinteros y techadores. En nuestro caso, cada empresa había emitido facturas parciales, pero se había retenido un 5% del importe total como retención de garantía hasta la aceptación. La aceptación de estos tres oficios la realizamos la semana pasada. Todas las facturas anteriores se calcularon durante el año con un 19% de IVA, por lo que supuse que en las facturas finales recibidas hoy se corregiría el IVA anterior. Pero esto no es así en ninguna de las tres facturas, todas las empresas calcularon también el 5% restante con un 19% y no hay rastro del 16% en las facturas anteriores.

¿He entendido algo mal o realmente las tres empresas han emitido facturas incorrectas?
 

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