Además, la indicación de que los tres oficios que recibimos la semana pasada fueron aceptados individualmente precisamente por esa razón.
Eso coincide en cuanto a la declaración con estos aquí:
Ejecución de los tres oficios: estructura de obra, cercha y techo en el primer semestre de 20
Aceptación de los tres oficios a principios de octubre (juntos con el encargado de obra aceptamos por escrito los oficios para las empresas ejecutoras)
¿No es lo mismo o se trata de tres oficios diferentes?
Te desearía que la aceptación solo fuera efectiva a partir de octubre por el encargado de obra en presencia tuya y de las empresas.
Pero si la ejecución y la aceptación, mediante firma en el acta de aceptación, ya fueron en mayo/junio, entonces depende de la relación contractual.
Mi pregunta de antes sigue abierta, sobre qué se acordó respecto a la transmisión del riesgo (inversión de la carga de la prueba). Esto juega un papel decisivo aquí en la valoración fiscal.
Si la transmisión se realizó con la firma en mayo/junio, puedo decirte, al menos para Baviera, que la consecuencia será que la oficina de Hacienda definitivamente asumirá un IVA del 19 % en el marco de una auditoría fiscal.