Reducción temporal del IVA en un 3% hasta el 31.12.2020

  • Erstellt am 03.06.2020 22:46:58

Ben-man

22.06.2020 15:55:43
  • #1

Ahora estoy completamente confundido. ¿Entiendo bien que los pagos a cuenta inicialmente "no importan", siempre que la aceptación sea después del 01.07?

Hasta ahora hemos pagado casi 10 pagos a cuenta con un IVA del 19 % - la aceptación y entrega de la casa será probablemente en septiembre. ¿Qué pasa entonces con las facturas del 19 % que ya hemos pagado?
 

Tolentino

22.06.2020 16:04:50
  • #2
Según la opinión predominante en los foros, se factura.
Es decir, se aplican un 16% de IVA sobre el importe total.
Está en disputa si el contratista debe compensarte el 3% sobre el importe neto o no. Si tiene una cláusula correspondiente en el contrato que lo protege contra un aumento del IVA (el precio bruto se incrementa), entonces se podría suponer que la situación inversa beneficiaría al consumidor. Algunos contratos incluso tienen la cláusula de manera neutral (el mío, por ejemplo) y solo hablan de cambios.
Si falta una cláusula correspondiente, es una cuestión de derecho civil.
Aquí opino que sería pura cortesía del empresario trasladar al consumidor la diferencia respecto al antiguo IVA en el precio bruto.
¡Atención, toda opinión de legos y no es un asesoramiento vinculante!
 

Jiink-1887

22.06.2020 16:05:06
  • #3
Estoy en la misma situación, probablemente se acreditará en la factura final.

Pero la ley todavía está en borrador y no ha sido aprobada.
 

Ben-man

23.06.2020 13:06:56
  • #4
Acabo de hablar con nuestro jefe de obra y él me mencionó el tema por iniciativa propia. Dice que los asesores fiscales y las oficinas tributarias están esperando una información, que todas las casas que se entreguen en la segunda mitad del año deben ser facturadas con un 16% - o no. Eso está en el aire, pero aún no está confirmado. Si fuera así, no importaría lo que diga el contrato porque estaría regulado por ley. Dijo que él (y todas las otras empresas involucradas también) entonces lógicamente tendría que corregir los pagos parciales ya recibidos y que nos devolverían la diferencia del 3%.
 

saralina87

23.06.2020 13:52:01
  • #5
Perdona, pero me parece extremadamente, extremadamente, extremadamente improbable. Si llegara a ser así, genial, pero para mí suena más a una traducción de aficionado de lo que el asesor fiscal espero que haya explicado de otra manera (correcta, pero mucho más complicada).
 

Ben-man

23.06.2020 13:57:57
  • #6

¿Por qué? Exactamente eso refleja lo que ya se ha dicho antes aquí: que el IVA es exigible con la prestación definitiva del servicio. Y eso en el caso de la casa es la aceptación.
 

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