DaSch17
04.06.2020 14:11:49
- #1
¿Seguro que eso funciona así? El folleto siempre pretende que no se tenga que pagar un aumento de impuestos posterior, pero no que se tenga derecho a una reducción de impuestos posterior.
Ejemplo:
Pago a cuenta noviembre 2019 15.000€ + 19% IVA (específicamente mencionado)
Factura final agosto 2020 30.000€ - 15.000 a cuenta = 15.000 + 16% IVA a pagar.
¿Dónde se dice que puedo acreditar o recuperar el 3% de los primeros 15.000€?
Diría que depende de lo que se haya acordado contractualmente con el contratista general.
Si el servicio solo se considera prestado con la recepción final y por tanto la garantía solo empieza entonces, en mi opinión, todos los pagos realizados antes son anticipos y por lo tanto el IVA solo se debe pagar con la factura final.