Acof1978
07.08.2021 13:12:15
- #1
Pues, MMM. Nivel mundial en lugar de nivel occidental ;-)
Me viene a la mente un libro: "El nivel no es una crema de manos"
Pues, MMM. Nivel mundial en lugar de nivel occidental ;-)
¿La devolución del IVA? ¿Dónde está eso? Soy de Brandeburgo, aquí ya no hay subvenciones :-(
Ahora he leído. ¿Hay que registrarse como sujeto pasivo del IVA, o sea, registrar un negocio? ¿O cómo lo entiendo?
Sí, tienes que registrar un negocio para ello. Al hacerlo renuncias a la regulación de pequeños empresarios. Así puedes solicitar la devolución del IVA pagado (impuesto soportado) a la oficina de impuestos. Sin embargo, los ingresos derivados de esto también deben someterse al impuesto sobre el valor añadido. Debido a que el sistema fotovoltaico se considera entonces un activo operativo, también debes gravar el autoconsumo como ingreso operativo (retiro en especie).
En ese caso, también se aplican los plazos de presentación correspondientes para contribuyentes obligatorios.
Debe haber una razón por la que casi todos se hacen devolver el impuesto al valor agregado ;). También tienes gastos operativos que puedes reclamar. El consumo propio se puede declarar de forma global a 20 centavos.
Si a largo plazo fuera un negocio con pérdidas para particulares, eso ya se habría sabido desde hace tiempo y casi nadie lo registraría como negocio.