También saben por qué. Probablemente sería un enfrentamiento muy, muy corto. Por eso nunca habrá una sentencia del BGH al respecto. Ningún banco es tan loco, pero se puede "intentar" y hay suficientes prestatarios que lo permiten. Eso es sorprendente.
¿Y qué hacen los prestatarios que no lo permiten? ¿Cuáles son condiciones "justas" para los intereses de disposición? ¿Se acuerdan de antemano? ¿Los bancos están dispuestos a negociar?
Una pregunta más para entender:
- por las cantidades retiradas pago el interés acordado normal
- por las cantidades no retiradas pago intereses de disposición después de un tiempo X (normalmente 3% anual)
- la amortización comienza cuando el crédito se ha retirado al 100% o se ha renunciado al resto.
¿Es correcto así?