En principio, si todo cabe en los 150 m², también estamos satisfechos con 150 m².
Ah, y como sobraban todavía 10 m², se planea un balcón, que también se incluye proporcionalmente en la superficie habitable según la ordenanza de superficie habitable.
No quiero asustar a nadie. Sin embargo, debe mencionarse que una oficina en el sótano no pertenece a las habitaciones accesorias como una sala técnica.
¿En el estándar de energía plus el sótano entra en la envolvente térmica? No estoy seguro. Si no es así, entonces debe estar separado constructivamente de las habitaciones calefactadas. ¿Significa escalera de sótano cerrada?
Sin embargo, a su vez, una sala técnica sobre el terreno y una sala sustituta del sótano se deducen según la ordenanza de superficie habitable.
Sobre el sótano con los pozos de luz en dichas habitaciones o la oficina, cabe decir: la oficina nunca puede ser oficialmente considerada como sala de estar. Los pozos de luz podrían ser muy limitantes en un terreno de ancho reducido, lo que restringiría el uso del terreno.
Pero también quiero decir que no sé lo suficiente sobre cómo se calcula todo eso.
Pero para eso hay suficientes hilos sobre el tema aquí.