Nuevo impuesto a la propiedad 2022 qué nos espera

  • Erstellt am 27.04.2022 09:45:29

haydee

02.02.2023 07:01:57
  • #1
La [Bund der Steuerzahler] explica cómo debe hacerse el cálculo y en qué se debe fijar uno al revisar. No sé qué tan bien funciona eso. No he recibido nada aún. Además, allí hay un modelo de recurso.
 

cschiko

02.02.2023 07:10:58
  • #2
Entonces, ya he recibido todas las notificaciones y fueron correctas, verificar eso básicamente no es ningún misterio. Sin embargo, eso se aplica al caso estándar relativo.

Sin embargo, en los "casos especiales" quizás no se trate de una notificación incorrecta, sino más bien de que la oficina de impuestos no siguió las indicaciones sino que clasificó el caso de manera diferente.

Como escribe haydee, hay una guía y al final hay que comparar los valores en algunas tablas. Eso realmente no es ningún misterio y supongo que la mayoría de las veces no se trata de una notificación incorrecta, sino de una desviación en la clasificación de la oficina de impuestos respecto a lo que el propietario ingresó.
 

Pianist

02.02.2023 08:58:41
  • #3
Hay que distinguir dos cosas: ¿Se trata de un "error administrativo", es decir, números claramente incorrectos o errores en el procesamiento? ¿O se trata de debilidades fundamentales en el diseño de las regulaciones? Cuando la gente presenta una objeción, reciben después de pocos días una resolución negativa, en la que, entre otras cosas, se dice que se trata de un procedimiento tipificado, en el que no hay posibilidad de considerar las circunstancias especiales de cada caso. Y yo creo que ahí está la clave para cuestionar la constitucionalidad.

En mi opinión, no es propio de un estado de derecho que un mismo asunto sea tratado totalmente diferente en dos ámbitos jurídicos distintos. En la parte trasera del terreno todavía habría espacio para construir una casa unifamiliar más grande. El terreno tiene 2.000 metros cuadrados, tenemos un índice de ocupación del suelo de 0,2 y, por lo tanto, en teoría se podrían construir 400 metros cuadrados. La casa de mis padres tiene una superficie construida de casi 100 metros cuadrados y "mi" casa tiene 130 metros cuadrados de superficie construida. Por lo tanto, en teoría se podría construir otra casa, incluso con una superficie de 170 metros cuadrados. Pero no es posible, porque el área urbanizada contigua termina justo detrás de la construcción actual (ahí hay garajes). El resto es área no urbanizable, llamada "suelo no edificable mercantilizable", que la comisión de tasación valora en 15 EUR. Pero para la oficina de hacienda cada metro cuadrado vale 420 EUR.

Si ahora solicitara un permiso de construcción para esta superficie, porque la oficina de hacienda lo considera suelo urbanizable, la oficina de planificación municipal me respondería que no importa cómo lo vea la oficina de hacienda. Y si se informa a la oficina de hacienda de que la autoridad urbanística lo considera suelo no urbanizable, responderá que eso no le importa.

Estamos muy lejos de la unidad del derecho.

Y en mi caso, además, parece que no hay forma de saber de antemano cómo la oficina de hacienda trataría la sucesión, porque no está autorizada a asesorar, sino que solo puede tramitar casos fiscales concretos. Y como nadie sabe cómo la oficina de hacienda lo tramitaría, tampoco me sirve de nada un asesor fiscal. Incluso si se hubiera hecho un contrato de superficie heredada, por cierto, en el futuro solo habría un único número de identificación fiscal. Me pregunto cómo los arrendadores hereditarios institucionales quieren repartir el nuevo impuesto sobre bienes inmuebles entre sus arrendatarios...

Matthias
 

leschaf

02.02.2023 09:03:49
  • #4
En nuestra zona, la base imponible se ha más que duplicado. Si el tipo impositivo se mantiene aproximadamente igual, el impuesto sobre la propiedad pasará de 260€ a 600€ por año. Sin embargo, ya habíamos previsto esto porque los [BRW] son bastante altos en comparación con el resto de la ciudad.

En cambio, en el caso de una tía de mi esposa, que vive en un pueblo perteneciente al área urbana, la base imponible ha caído alrededor de un 20%.
 

Pianist

02.02.2023 09:17:54
  • #5
Los impuestos sobre el patrimonio siempre son una gran molestia, porque cargan a las personas ahorrativas que piensan en generaciones, y aquellos que siempre gastan todo se ríen de nosotros. Cuando además de mi ya muy alta carga de impuesto sobre la renta tenga que pagar el impuesto a la propiedad mucho más alto por todo el terreno porque ha ocurrido la sucesión, y posiblemente también deba pagar impuesto sobre herencias por la casa que construí y pagué yo mismo, porque se cuenta como patrimonio heredado de mis padres, no me quedará más remedio que vender también las tierras agrícolas y forestales que tengo, aunque en realidad deberían asegurar mis ingresos en la vejez. Nada de buenas perspectivas...
 

Musketier

02.02.2023 10:33:12
  • #6


Se puede ver de una forma u otra. Las personas consumidoras pagan impuestos a través del impuesto sobre el valor añadido. Las personas ahorrativas, en cambio, no. Entonces tendrían que ser gravadas mediante impuestos sobre el patrimonio. Además, la riqueza siempre genera más riqueza. Sin embargo, a menudo no es riqueza generada por uno mismo, sino riqueza de generaciones anteriores.
La idea de imponer un impuesto sobre el patrimonio es, por lo tanto, comprensible en principio.
Por eso se supone que el impuesto de sucesiones debería aplicarse más, lo cual, sin embargo, llevaría a que, por ejemplo, las empresas tuvieran que ser desmanteladas para pagar dicho impuesto. Como se quiere contentar a todos, eso tampoco es posible.
Así que se prefiere cobrarlo poco a poco mediante impuestos sobre el capital, lo cual es extremadamente laborioso de determinar y controlar.

Desde mi punto de vista, el problema radica más bien en la multiplicidad de impuestos y en las excepciones dentro de las excepciones.



Pero eso también es culpa vuestra, porque no os habéis informado si eso siquiera es posible. Las construcciones en suelo ajeno existen solo en casos excepcionales. Durante años hubo mucha cobertura mediática en nuestro país, pues la protección de patrimonio para propietarios de garajes que construyeron en suelo ajeno en tiempos de la RDA estaba expirando. En tiempos de la RDA eso era posible, mientras que en el código de construcción de Alemania occidental no. Lo único que yo sepa donde aún existen construcciones en suelo ajeno es la ley de huertos familiares.
 

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