Musketier
27.02.2020 13:38:02
- #1
De vez en cuando, un empleado de la [FA] expresa su opinión sobre un asunto. También he discutido casos con inspectores de inspección de empresas, impuestos sobre la nómina y del impuesto sobre el valor añadido que no se referían al período de la auditoría. Sin embargo, la opinión no es vinculante, ya que el responsable en ese momento no puede comprobar si el asunto está descrito completamente. Sin embargo, tal declaración no beneficia al [TE].
Un asesor fiscal puede hacer la consulta y en caso necesario responde por su declaración. Por lo tanto, ese es el interlocutor adecuado.
Un asesor fiscal puede hacer la consulta y en caso necesario responde por su declaración. Por lo tanto, ese es el interlocutor adecuado.