No entiendo cómo puede llegar a tomarse una decisión de tal tipo por parte de la oficina de urbanismo.
Falta de profesionales cualificados. Pero no importa: con los abogados pasa igual, por lo que el ciudadano apenas encuentra a un experto asequible que pueda hacer valer sus derechos en juicio.
La gente del lado administrativo cumple legalmente.
Bueno, no tanto en los planes de desarrollo urbano. Aunque la política reconoce que hay que crear suelo para construir, el concepto con peritajes, justificaciones y el plan legal lo elaboran los urbanistas del municipio o, como aquí, un servicio externo, donde también deberían aportar sus amplias experiencias los especialistas correspondientes. La política solo aprueba después. Aquí tampoco se trata de decisiones políticas sino del conflicto técnico entre los planificadores y los autorizadores, que en este caso además están en distintas autoridades (municipio y distrito). Cuando el ciudadano queda atrapado entre los lentamente giratorios engranajes de dos estructuras administrativas públicas, puede volverse muy desagradable. Más aún cuando se prevén las propias reservas financieras –si es que existen– más para las áreas exteriores que para la doble carga durante meses por alquiler y financiación.
Entonces el plan de desarrollo urbano debería ser un caso para el tribunal administrativo. : ¿qué valdría mientras tanto?
Que el plan de desarrollo urbano sea anulado ocurre, pero es poco frecuente. Mucho menos si durante el proceso de elaboración y en el marco de la participación ciudadana no se presentaron objeciones. Incluso si hubiese un procedimiento de control normativo pendiente, se aplica el derecho urbanístico del plan mientras un tribunal no declare la nulidad o disponga la revocación. Con perspectivas de éxito, el municipio haría bien en dictar una prohibición de cambios, porque de lo contrario podrían surgir reclamaciones de indemnización. Con presión jurídica me refería a demandas contra resoluciones de denegación o autorizaciones de vecinos, que podrían hacer que el municipio, por iniciativa propia o por recomendación urgente de la autoridad de permisos, intente cambiar el plan de desarrollo urbano.