Construir una casa adosada en el extremo - ¿Qué requisitos técnicos se deben tener en cuenta?

  • Erstellt am 04.12.2018 09:30:19

kaho674

06.12.2018 10:17:40
  • #1
Finalmente uno se pregunta si un edificio completo y uniforme es realmente más bonito. Esta diversidad tal vez tenga una especie de encanto de barrio artístico, quién sabe.
 

11ant

06.12.2018 15:03:43
  • #2


No hablaba de ningún cambio, sino únicamente de la igualdad de trato entre los solicitantes individuales y los solicitantes conjuntos, de quienes sí se exige que planifiquen juntos.


No, el municipio no debería hacer eso. Solo debería a) poder asignar los terrenos de manera tal que los constructores con los mismos contratistas se agrupen en bloques homogéneos y b) exigir a los solicitantes individuales el mismo acuerdo respecto a un contratista común. A quiénes elijan los solicitantes no requiere que el municipio establezca directrices; tampoco las hay para los solicitantes conjuntos.

Tal como está planeado actualmente, será una zona residencial con dos clases estéticas: bloques armoniosos para los solicitantes conjuntos y un revoltijo desordenado para los solicitantes individuales. Para constructores individuales se prevén mejor terrenos para casas unifamiliares independientes; en una franja de viento de 6 m las diferentes líneas de techo se dispersan.
 

Maria16

06.12.2018 17:08:04
  • #3


Tu cita se refiere a un comentario sobre lo que sucede si alguien quiere una asignación individual. Yo interpreto que debería establecerse desde el municipio que solo las empresas x e y puedan resultar adjudicatarias. ¿O realmente crees que de docenas de constructoras "por pura casualidad" todos los constructores individuales solo elijan dos o tres ?
 

11ant

07.12.2018 15:58:14
  • #4

No, además de X, Y y Z también puede haber A, B, C y otros más. El municipio no debe imponer con quién se debe construir, excepto que cada grupo debe ponerse de acuerdo. Esto debe aplicarse tanto para los solicitantes conjuntos como para los individuales.

Entonces hago otra vez un (¡ejemplo terriblemente largo!, pero así puedes recortarlo y masticarlo hasta digerirlo) ejemplo: Supongamos que hay 32 parcelas de construcción, distribuidas en ocho grupos de cuatro casas cada uno. Para cada grupo hay un constructor común (o al menos un planificador); su nombre no importa; si es “construcción tradicional” o “prefabricada” tampoco importa; solo debe haber uno común por grupo.

De decenas de miles de solicitantes, sólo se eligen 32. El grupo Willi (construye con Huber) cuatro personas, un grupo entero. El grupo Günter no fue seleccionado para nada. El grupo Susanne (construye con Pfleiderer) tres personas, un lugar libre. Cinco solicitantes individuales han elegido a Dimpfelmoser, siete a Rossbauer y trece —entre ellos tú— querían asignación individual y no se han decidido concretamente, por lo que deben unirse en algún sitio.

Entonces hay un grupo Huber para el grupo Willi, un grupo Pfleiderer, dos grupos Dimpfelmoser y dos grupos Rossbauer. Ahora puedes ponerte de acuerdo con otros solicitantes individuales en uno de los dos "grupos restantes" (con uno de los mencionados o con otro de su elección conjunta), o unirte a los constructores Dimpfelmoser (tres lugares libres), a los constructores Rossbauer (un lugar libre) o al grupo Pfleiderer de Susanne (también un lugar libre).

Rossbauer es de todos modos demasiado caro. En el grupo Dimpfelmoser está Frank, que ya te jaló del pelo en la escuela. Susanne es muy simpática, pero el estilo de construcción de Pfleiderer no es en absoluto lo tuyo (igual que las chabolas baratas de Häberle, en las que quieren entrar los otros tres solicitantes individuales).

Quedan (contándote a ti) cinco constructores, uno de los cuales debe unirse ahora a los constructores Häberle, para que luego puedas reunir a los otros tres para buscar un arquitecto común. Él planifica para ustedes en conjunto, pero la licitación la hacen todos individualmente, tanto si es todo o si sacan las obras que harán por su cuenta.

Así que ves:
1) No tienes que construir ni con Häberle ni con Pfleiderer.
2) El municipio no impuso el nombre de ningún constructor.
3) Pero sería más inteligente pedir una decisión previa de todos —no sólo de los solicitantes conjuntos— antes del sorteo.
4) Entonces aunque podrías haber sufrido el destino de muchos otros solicitantes (entre ellos todo el grupo Günter) de no ser seleccionado para nada, te habrías ahorrado el largo camino para consensuar en grupo.
 

Frank Hartung

07.12.2018 17:59:14
  • #5
La pregunta real era "¿Si existen algunas leyes/principios para la construcción autónoma de casas adosadas?"

¿Cómo lo quiere decir? Entiendo su frase "Sin embargo, el municipio no ha contratado a un promotor para la construcción, sino que uno debe construir las casas por su cuenta." como que ahora usted cree que debe realizar la construcción de la casa completamente solo.

¿A qué se refiere exactamente la pregunta anterior?

    [*] ¿Leyes en el sentido de "Yo construyo una casa"?
    [*] ¿Leyes en el sentido de "Yo planifico una casa"?
 

11ant

07.12.2018 18:13:47
  • #6
Con un promotor inmobiliario, un grupo de casas estaría planificado en conjunto por una misma mente; esta coordinación los propietarios individuales primero deben lograrla por sí mismos (si la consideran necesaria - yo lo recomiendo encarecidamente, aunque hay opiniones contrarias).
El OP probablemente quiere saber si, si yo construyo primero, el perfil de mi casa se vuelve vinculante para él. Es decir, si entonces no tiene que respetar una altura de alero hasta 7,50 m y una profundidad de casa hasta 12 m, sino exactamente mis 7,38 m de altura con 11,87 m de profundidad, junto con mis buhardillas con tejado inclinado a 26°; solo para que nuestra hilera de casas también sea planificada individualmente "de un solo molde". O al menos si puedo arruinarle una casa con tejado inclinado si yo presento la solicitud de construcción con planta superior escalonada primero.
La respuesta es "no": el derecho de la construcción no contempla un artículo "el primero decide"; sin embargo, se debe buscar un contorno concreto de un mandato de armonía solo insinuado probablemente en el derecho jurisprudencial.
 

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