Basti2709
09.04.2018 10:40:40
- #1
Otra vez un escenario secundario interesante que me quita algo de tiempo. ¿Es correcta mi valoración?
Hechos:
Nos mudamos de nuestro apartamento alquilado el 31.01.2016. Hay un protocolo de entrega - sin defectos excepto que el suelo de la sala de estar se ha decolorado. El soporte del árbol de Navidad dejó una marca en el revestimiento de PVC claro. Los niños echaron agua una vez de más... parece que la pintura reaccionó con el suelo (?).
Mi novia le avisó al casero durante la entrega, él mismo quizás ni lo había notado (¡ella siempre es demasiado honesta!). No fue un problema... conoce una empresa de limpieza que puede eliminarlo. De todas formas se registró. Luego nunca más supimos del casero, hasta que en noviembre de 2016 llegó la liquidación de gastos comunitarios de 2015 (saldo a favor). Tras varias consultas nos lo pagaron... En ese momento pregunté sobre la fianza. No podía pagarse aún, porque el mes 01/2016 estaba pendiente. Lo aceptamos y en noviembre de 2017 recibimos la liquidación de 2016 (teníamos que pagar 1,80 euros). Lo pagamos de inmediato y volvimos a preguntar por la fianza.
La administración del inmueble que trabaja con el casero y realiza las liquidaciones dijo que el casero no quiere pagar. Hay un daño pendiente por aclarar. Llamé al casero para preguntar. El daño pendiente es la decoloración en la sala. No desapareció y pidieron un presupuesto para repararlo. La reparación no se realizó, la nueva inquilina lleva ya 2 años viviendo con la mancha. Él lo remitió a la administración, que luego se pondría en contacto.
Tras 6 semanas sin noticias, pregunté de nuevo. Tres días después encontré una carta en el buzón de la administración del inmueble. Me piden pagar unos 1.200 euros como indemnización, descontando mi fianza de unos 900 euros. Quedé atónito...
Fui a ver al casero, pero no estaba. Su secretaria entendió mi enfado y tomó mi número. Me dijo que se pondría en contacto la próxima semana. Nadie llamó... como siempre. Supongo que al casero no le importa. Consulté y me informaron que según § 548 Baugesetzbuch el casero debería haber reclamado el daño en medio año. Por primera vez lo hizo con la carta de la administración en 02/2018. Así que redacté una respuesta diciendo que el daño estaba prescrito y que no estaba de acuerdo con el importe. Le exigí el pago con plazo... no pasó nada. Ningún pago ni respuesta.
Pregunté a la administración qué pasó con mi carta - quedaba una reunión conjunta pendiente con el casero.
Dos semanas después del plazo recibí solo una carta diciendo que la carta fue recibida y que me dirigiera directamente al casero. Por ello redacté una segunda carta, también pensando en una posible orden de pago, dirigida directamente al casero.
Dos días después recibí respuesta directa. En resumen decían:
"Estoy personalmente decepcionado de que no quieran responder por el daño. Lo causaron y tendrán que pagar. Hubo otros defectos (paredes mal pintadas) que tuve que arreglar sin repercutirles el costo. Ni siquiera intentaron encontrar una solución conmigo en persona. Que no me encontraran en la empresa es extraño. Si acuden al litigio, renuncio a abogado porque su versión es superficial y ridícula - y no tendrán razón. El § 548 Baugesetzbuch es un papel mojado con el que no me conformo."
¿Qué opinan?
Hechos:
Nos mudamos de nuestro apartamento alquilado el 31.01.2016. Hay un protocolo de entrega - sin defectos excepto que el suelo de la sala de estar se ha decolorado. El soporte del árbol de Navidad dejó una marca en el revestimiento de PVC claro. Los niños echaron agua una vez de más... parece que la pintura reaccionó con el suelo (?).
Mi novia le avisó al casero durante la entrega, él mismo quizás ni lo había notado (¡ella siempre es demasiado honesta!). No fue un problema... conoce una empresa de limpieza que puede eliminarlo. De todas formas se registró. Luego nunca más supimos del casero, hasta que en noviembre de 2016 llegó la liquidación de gastos comunitarios de 2015 (saldo a favor). Tras varias consultas nos lo pagaron... En ese momento pregunté sobre la fianza. No podía pagarse aún, porque el mes 01/2016 estaba pendiente. Lo aceptamos y en noviembre de 2017 recibimos la liquidación de 2016 (teníamos que pagar 1,80 euros). Lo pagamos de inmediato y volvimos a preguntar por la fianza.
La administración del inmueble que trabaja con el casero y realiza las liquidaciones dijo que el casero no quiere pagar. Hay un daño pendiente por aclarar. Llamé al casero para preguntar. El daño pendiente es la decoloración en la sala. No desapareció y pidieron un presupuesto para repararlo. La reparación no se realizó, la nueva inquilina lleva ya 2 años viviendo con la mancha. Él lo remitió a la administración, que luego se pondría en contacto.
Tras 6 semanas sin noticias, pregunté de nuevo. Tres días después encontré una carta en el buzón de la administración del inmueble. Me piden pagar unos 1.200 euros como indemnización, descontando mi fianza de unos 900 euros. Quedé atónito...
Fui a ver al casero, pero no estaba. Su secretaria entendió mi enfado y tomó mi número. Me dijo que se pondría en contacto la próxima semana. Nadie llamó... como siempre. Supongo que al casero no le importa. Consulté y me informaron que según § 548 Baugesetzbuch el casero debería haber reclamado el daño en medio año. Por primera vez lo hizo con la carta de la administración en 02/2018. Así que redacté una respuesta diciendo que el daño estaba prescrito y que no estaba de acuerdo con el importe. Le exigí el pago con plazo... no pasó nada. Ningún pago ni respuesta.
Pregunté a la administración qué pasó con mi carta - quedaba una reunión conjunta pendiente con el casero.
Dos semanas después del plazo recibí solo una carta diciendo que la carta fue recibida y que me dirigiera directamente al casero. Por ello redacté una segunda carta, también pensando en una posible orden de pago, dirigida directamente al casero.
Dos días después recibí respuesta directa. En resumen decían:
"Estoy personalmente decepcionado de que no quieran responder por el daño. Lo causaron y tendrán que pagar. Hubo otros defectos (paredes mal pintadas) que tuve que arreglar sin repercutirles el costo. Ni siquiera intentaron encontrar una solución conmigo en persona. Que no me encontraran en la empresa es extraño. Si acuden al litigio, renuncio a abogado porque su versión es superficial y ridícula - y no tendrán razón. El § 548 Baugesetzbuch es un papel mojado con el que no me conformo."
¿Qué opinan?