apokolok
24.10.2018 19:01:32
- #1
, ¿no habías dicho antes que trabajabas / has trabajado en el ámbito jurídico?
Más impactante es la cantidad de desinformación que estás dando aquí.
La sentencia en rebeldía no valora el caso en lo sustancial. Simplemente se evalúa la competencia del tribunal y la coherencia básica de la demanda.
Por lo demás, la sentencia se dicta tal como se exige en el escrito de demanda.
Se llama sentencia en rebeldía parcial porque hay dos demandados (la comunidad de propietarios / la comunidad de arrendadores) que fueron demandados en su totalidad.
Uno simplemente no respondió dentro del plazo establecido al escrito de demanda, por eso se dictó la sentencia en rebeldía contra él.
probablemente el asunto haya terminado con esto. Me sorprendería mucho si el colega, que no consideró necesario responder al escrito de demanda, ahora presentara una apelación. Si han pasado 14 días, tienes un título ejecutivo sobre la fianza, intereses y posteriormente, tras la determinación del valor del litigio, también los costes judiciales y de abogado. Todo esto lo puedes reclamar al segundo en la unión de arrendadores o, en caso de impago, hacerlo ejecutar mediante un alguacil.
Que el verdadero responsable quede fuera por ahora es malo, pero no tu problema. Seguramente ellos dos todavía se pelearán por ello.
Más impactante es la cantidad de desinformación que estás dando aquí.
La sentencia en rebeldía no valora el caso en lo sustancial. Simplemente se evalúa la competencia del tribunal y la coherencia básica de la demanda.
Por lo demás, la sentencia se dicta tal como se exige en el escrito de demanda.
Se llama sentencia en rebeldía parcial porque hay dos demandados (la comunidad de propietarios / la comunidad de arrendadores) que fueron demandados en su totalidad.
Uno simplemente no respondió dentro del plazo establecido al escrito de demanda, por eso se dictó la sentencia en rebeldía contra él.
probablemente el asunto haya terminado con esto. Me sorprendería mucho si el colega, que no consideró necesario responder al escrito de demanda, ahora presentara una apelación. Si han pasado 14 días, tienes un título ejecutivo sobre la fianza, intereses y posteriormente, tras la determinación del valor del litigio, también los costes judiciales y de abogado. Todo esto lo puedes reclamar al segundo en la unión de arrendadores o, en caso de impago, hacerlo ejecutar mediante un alguacil.
Que el verdadero responsable quede fuera por ahora es malo, pero no tu problema. Seguramente ellos dos todavía se pelearán por ello.