Dr Hix
28.01.2019 23:16:47
- #1
Vosotros como promotores sois los clientes, las empresas ejecutoras los contratistas.
El arquitecto no tiene nada que ver con esta relación contractual. Él solo es pagado por vosotros por servicios de asesoramiento, cuyo resultado podría también implicar responsabilidad por su parte.
Y por supuesto el contratista tiene derecho a su salario, pero entre otras cosas debe presentar una factura comprensible. Lo que todo ello implica y cómo debe valorarse en cada caso concreto debéis consultarlo con un abogado especializado en derecho de la construcción.
Edit: En relación con vuestro caso, la factura debería ir acompañada al menos de un certificado del vertedero con las cantidades facturadas, en el que consten entre otras cosas la fecha y la cantidad/peso.
Allí se podría, por ejemplo, consultar qué cobran para, con esa información, sacar conclusiones sobre la razonabilidad del precio unitario.
El arquitecto no tiene nada que ver con esta relación contractual. Él solo es pagado por vosotros por servicios de asesoramiento, cuyo resultado podría también implicar responsabilidad por su parte.
Y por supuesto el contratista tiene derecho a su salario, pero entre otras cosas debe presentar una factura comprensible. Lo que todo ello implica y cómo debe valorarse en cada caso concreto debéis consultarlo con un abogado especializado en derecho de la construcción.
Edit: En relación con vuestro caso, la factura debería ir acompañada al menos de un certificado del vertedero con las cantidades facturadas, en el que consten entre otras cosas la fecha y la cantidad/peso.
Allí se podría, por ejemplo, consultar qué cobran para, con esa información, sacar conclusiones sobre la razonabilidad del precio unitario.