GU exige un aumento de precio en toda la casa

  • Erstellt am 06.10.2022 15:33:59

kati1337

07.10.2022 08:58:22
  • #1

Eso se suma como factor agravante. Incluso sin los trucos del GU, estos procesos suelen prolongarse durante años. Cada instancia hace lo que puede para obtener lo mejor para su cliente. A los años de estrés se suma el riesgo financiero.
Pero considero que el riesgo financiero es real y no debe subestimarse. Porque cuanto más dura un proceso así, más caro resulta. Y no me imagino que en este caso concreto se decida al 100% a favor de los propietarios. La formulación en el contrato es clara en cuanto a que el precio fijo tiene un límite temporal, pero no está claro qué debe pasar después. Al menos según los fragmentos que hemos visto. Y aunque al final el GU no obtenga lo que desea en un proceso así, probablemente se le conceda algo, y los costos del proceso muy probablemente recaigan en ambas partes. Un GU probablemente aguanta eso con más facilidad que un propietario.
 

xMisterDx

07.10.2022 09:09:46
  • #2
Ah, sí... lo había olvidado por completo. Con el último ajuste de precios a finales de 2021 también se añadió la formulación, en esencia "el precio fijo ahora es válido hasta el final del tiempo de construcción".

Quizás hay que asegurarse de nuevo de que el GU deje algo así por escrito, de lo contrario, se puede tener el mismo problema dentro de un año. Quién sabe cuánto se prolongará la construcción.

Siempre que al GU le haya ido económicamente aceptablemente bien, puede manejar sin problemas a algunos propietarios que lo demanden. Nuestro electricista mencionó cuántas casas de nuestro GU tiene actualmente en la lista... eran unas 100.
 

WilderSueden

07.10.2022 11:29:50
  • #3

La cubierta del techo para mí no representa ninguna deducción. Normalmente, esto vendría justo después de la estructura del techo (para la cual hay una deducción), entonces se puede desmontar la grúa. Es diferente en cada lugar.
También veo que a un contratista general le resulta difícil obtener aumentos en la corte por trabajos que se realizaron aproximadamente (hablamos de 1 a 3 meses) en la fecha prevista y que ya se han completado. La fijación de precios también es difícil de cumplir dentro de los plazos habituales de antelación. Sin embargo, preferiría no dejar que termine en un proceso judicial si es posible. Cuesta mucho dinero en abogados y el costo real de la casa lo sabrás dentro de algunos años. Hasta entonces, puedes tener decenas de miles de euros en reserva y dormir inquieto.
 

11ant

07.10.2022 12:16:51
  • #4


El plan de pagos solo se vincula a estas finalizaciones específicas de secciones, trabajos o servicios de manera accesoria porque no es posible calcular con precisión de antemano dichas fechas concretas; sin embargo, los vencimientos de los pagos parciales requieren un desencadenante concreto. La buena fe es simplemente la base para el esfuerzo de calcular adecuadamente las sumas parciales en función de los valores experimentales de las partes del contrato cumplidas hasta ese momento. El ideal aquí es una compensación que, naturalmente, aún no puede determinarse con precisión, pero que no debe favorecer a ninguna de las dos partes. Una aceptación parcial, incluso ficticia, no está vinculada, por lo que también es errónea la opinión de que respecto a los cumplimientos parciales señalados uno ya estaría explícitamente saldado. Los tramos de pago no adquieren por ello la obra parcialmente terminada, porque esta fue contratada solo en su totalidad; para ello se requeriría una cláusula expresa de disolución del contrato de obra en los momentos de vencimiento de los pagos parciales indicados. Considerar el contrato clásico de construcción de vivienda para contratista general como un acierto desde la perspectiva del cliente solo puede ocurrir a personas completamente no expertas en comercio.
Resumen de este apartado en "lenguaje sencillo":
1. Con los pagos parciales hasta el punto x NO se ha pagado el grado de construcción alcanzado hasta entonces.

2. El contrato de obra TAMPOCO se puede resolver sin más (y sin indemnización) en este punto;
la creencia de que ya no se deben mutuamente nada legalmente es incorrecta.

La fijación de precios acordada en una oferta encaja mejor con la realidad si dura hasta la finalización y aceptación de la obra. Sin embargo, no se vuelve desleal automáticamente por acordarse por un período más corto. Una designación de acontecimientos que detienen o retrasan el plazo es útil, pero no obligatoria. Se puede recomendar a los interesados en construir que no realicen actos jurídicos en la dimensión de un contrato de obra sin asesoría legal experta. Soy comerciante técnico con muchos años de experiencia y aun así nunca permitiría construir mi casa sin consulta legal. De fuentes confiables he oído unánimemente hasta ahora que el "permiso de conducir para propietarios" de la abogada Reibold-Rolinger es muy recomendable.
 

mayglow

07.10.2022 12:38:05
  • #5
Pero incluso si se dice que se debe considerar toda la casa, me pregunto. Si en una garantía de precio de 12 meses, la casa se termina después de 16... eso no me suena realmente justo, si el propietario tiene que pagar todo el sobreprecio que se generaría con un nuevo contrato hoy. Él ya calcula un margen de seguridad para lo que ocurre durante el tiempo de construcción y el tiempo restante de construcción aquí es claramente menor. Además, esperaba que eventualmente se pagaran los aumentos por los 4 meses de retraso, pero no todo el aumento por el tiempo total.

Supongo (absolutamente sin fundamento, porque es una suposición al azar) que con un reclamo legal real la situación parece complicada. Sería interesante a su vez saber cómo se configura en otros contratos cuando hay una garantía con límite de tiempo (no significa que se pueda transferir simplemente, ya que están configurados de otra manera. Pero puede dar ideas para la argumentación).
 

xMisterDx

07.10.2022 13:07:34
  • #6
El "colchón" que calcula el GU se llama margen de beneficio.
En realidad, aquí ya se ha dicho todo varias veces.

Los descuentos en el contrato NO representan entregas parciales de oficios individuales. Estrictamente hablando, aquí ni siquiera está finalizada la estructura cerrada, ya que falta la cubierta del techo.

Y aunque se tuviera parcialmente la razón, hacer valer estas reclamaciones costaría mucho más que acordar una cantidad x con el GU.

El abogado, que ganaría muy bien en un litigio de este tipo, lo desaconseja. ¿Qué más se necesita para darse cuenta de que es mejor dejarlo estar?
 

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