Benutzer200
17.02.2022 10:34:49
- #1
Ya hemos investigado y los siguientes puntos probablemente se pueden deducir del beneficio como costos adicionales (para la vendedora, además de la suma de compra antigua) en la venta a nosotros:
[*]Notario (¿costos originales para la compra y para la venta?)
[*]Impuesto sobre transmisiones patrimoniales
[*]Registro de la propiedad
[*]Peritos (si acaso hubo algo en su momento, aún debe aclararse)
[*]Informe de valoración (si acaso hubo algo en su momento, aún debe aclararse - ¿incluye esto también informes de terreno?)
- Notario ==> sí, pero solo en la compra. Los costes notariales de la venta (= vuestra compra) los asumís vosotros y no la conocida.
- Impuesto sobre transmisiones patrimoniales junto con costes del registro de propiedad ==> sí
- Peritos / informes ==> sí
Si en los primeros tres años después de la adquisición se incurrieron costes de reparación/modernización para la casita vieja, también se pueden considerar. Igualmente gastos de publicidad como anuncios para la venta.
La medición y división también son costes deducibles.
No puedo decir si se pueden considerar los costes de demolición (estos solo surgen ahora). Yo reduciría el precio de compra por estos costes.
P.D. No olvidar la amortización a lo largo de los años. Esto incrementa el beneficio.