warchild
24.11.2021 19:40:24
- #1
Apenas medio año después... hoy llegó el primer borrador del notario para el contrato de compra del terreno. El terreno aparentemente ha crecido casi 30 m² :)
Me parece bien que en el contrato se mencione un plazo vinculante para la urbanización y construcción de una vía de acceso (30.6.22). Solo después de la finalización se exigirá una deducción del precio de compra (aproximadamente 70% a pagar inmediatamente, 20% tras finalizar la urbanización/la vía de acceso, y el 10% restante tras la construcción definitiva de la calle).
Claro, si todo sale mal, se pierden igualmente el 70%. Pero es mejor que no tener ninguna regulación (escrita).
Por cierto: dado que los gastos de urbanización se mencionan expresamente por separado del "precio de compra" en el contrato, ¿pago el impuesto de transmisiones solo sobre el precio de compra?
Aquí también se hizo referencia a una interpretación "creativa" de los límites de construcción, etc., en el contrato dice entre otras cosas: "El terreno debe ser adecuado para la edificación sobre la base del plan B mencionado" – ¿sirve esto para algo? Probablemente más un placebo, porque siempre se podrá construir algo, ¿no?
El acceso sigue siendo (por ahora) un camino privado, sin embargo, en el contrato también hay una cláusula que dice: "El comprador sabe que la ciudad de Verden considera... asumir el camino privado como propiedad municipal y dedicarlo como calle para el tráfico público. Los compradores aceptan esta intención..." – o sea, todo puede pasar - nada es obligatorio...
Como planeamos comprar el terreno con capital propio: en el contrato se menciona varias veces lo de constituir la hipoteca, etc. - probablemente tendremos que informar al notario de nuestros planes de antemano para que esas cláusulas sean eliminadas, ¿no?
¿Hay algo más que deba considerarse o aclararse previamente?
Me parece bien que en el contrato se mencione un plazo vinculante para la urbanización y construcción de una vía de acceso (30.6.22). Solo después de la finalización se exigirá una deducción del precio de compra (aproximadamente 70% a pagar inmediatamente, 20% tras finalizar la urbanización/la vía de acceso, y el 10% restante tras la construcción definitiva de la calle).
Claro, si todo sale mal, se pierden igualmente el 70%. Pero es mejor que no tener ninguna regulación (escrita).
Por cierto: dado que los gastos de urbanización se mencionan expresamente por separado del "precio de compra" en el contrato, ¿pago el impuesto de transmisiones solo sobre el precio de compra?
Aquí también se hizo referencia a una interpretación "creativa" de los límites de construcción, etc., en el contrato dice entre otras cosas: "El terreno debe ser adecuado para la edificación sobre la base del plan B mencionado" – ¿sirve esto para algo? Probablemente más un placebo, porque siempre se podrá construir algo, ¿no?
El acceso sigue siendo (por ahora) un camino privado, sin embargo, en el contrato también hay una cláusula que dice: "El comprador sabe que la ciudad de Verden considera... asumir el camino privado como propiedad municipal y dedicarlo como calle para el tráfico público. Los compradores aceptan esta intención..." – o sea, todo puede pasar - nada es obligatorio...
Como planeamos comprar el terreno con capital propio: en el contrato se menciona varias veces lo de constituir la hipoteca, etc. - probablemente tendremos que informar al notario de nuestros planes de antemano para que esas cláusulas sean eliminadas, ¿no?
¿Hay algo más que deba considerarse o aclararse previamente?