DG
28.04.2016 17:56:10
- #1
La casa está dividida en tres apartamentos y alquilada.
No se trata en absoluto de la financiación, sino de que los costos proporcionales del crédito de los apartamentos alquilados se puedan deducir fiscalmente. Por lo tanto, hay que separarlo de alguna manera y poder diferenciar claramente los costos/partes ante la oficina de impuestos. Si el asesor fiscal/la oficina fiscal, debido al método del valor real, no quieren hacerlo o asignan una parte demasiado alta al apartamento de uso propio – y ante este problema está obviamente el autor de la consulta – entonces se soluciona con libros de registro separados, donde además se puede confeccionar libremente para cada registro la composición de los propietarios (proporcional) que se quiera.
¿Quién impide entonces al autor o a su familia adquirir los apartamentos por separado en propiedad parcial a través de tres bancos diferentes?
Por ejemplo así:
Planta baja: cónyuges A/B cada uno al 50%, financiado por el banco X
1.er piso: cónyuge A y abuela al 25/75%, financiado por el banco Y
2.º piso: cónyuge B y niño al 70/30, financiado por el banco Z
Debe existir el certificado de segregación, de lo contrario el alquiler actual sería ilegal. Por lo tanto, es posible la división en propiedad parcial, por lo que legalmente hay tres propietarios distintos; siendo también posible la GbR con el fin de administración y arrendamiento. Así se asignan claramente los créditos/valores y, en última instancia, los aspectos fiscales a cada apartamento.
Además, según tengo entendido, dentro de la familia todavía es posible el alquiler cruzado, por lo que quizás incluso los tres apartamentos cuentan fiscalmente como objetos de alquiler si hay suficientes adquirientes dentro de la familia.
No se trata en absoluto de la financiación, sino de que los costos proporcionales del crédito de los apartamentos alquilados se puedan deducir fiscalmente. Por lo tanto, hay que separarlo de alguna manera y poder diferenciar claramente los costos/partes ante la oficina de impuestos. Si el asesor fiscal/la oficina fiscal, debido al método del valor real, no quieren hacerlo o asignan una parte demasiado alta al apartamento de uso propio – y ante este problema está obviamente el autor de la consulta – entonces se soluciona con libros de registro separados, donde además se puede confeccionar libremente para cada registro la composición de los propietarios (proporcional) que se quiera.
¿Quién impide entonces al autor o a su familia adquirir los apartamentos por separado en propiedad parcial a través de tres bancos diferentes?
Por ejemplo así:
Planta baja: cónyuges A/B cada uno al 50%, financiado por el banco X
1.er piso: cónyuge A y abuela al 25/75%, financiado por el banco Y
2.º piso: cónyuge B y niño al 70/30, financiado por el banco Z
Debe existir el certificado de segregación, de lo contrario el alquiler actual sería ilegal. Por lo tanto, es posible la división en propiedad parcial, por lo que legalmente hay tres propietarios distintos; siendo también posible la GbR con el fin de administración y arrendamiento. Así se asignan claramente los créditos/valores y, en última instancia, los aspectos fiscales a cada apartamento.
Además, según tengo entendido, dentro de la familia todavía es posible el alquiler cruzado, por lo que quizás incluso los tres apartamentos cuentan fiscalmente como objetos de alquiler si hay suficientes adquirientes dentro de la familia.