¿O necesito primero presentar una solicitud de construcción sin árbol o con una distancia de protección menor para luego poder impugnar la denegación?
Sería sumamente inútil: si un árbol protegido impide el proyecto de construcción, la denegación de la solicitud de construcción estaría justificada.
Aquí se puede descargar la solicitud para talar o podar árboles protegidos: [ Link ] ¿Debería intentarlo y basarme en el efecto expropiatorio? ¿O este argumento solo sirve en el tribunal? En resumen: ¿Se puede impugnar la denegación de esta solicitud?
El argumento del efecto expropiatorio debes consultarlo con un abogado para saber cuándo es mejor usarlo. Si no está incluido inicialmente en la solicitud de tala, no puede cuestionarse ni usarse como motivo de denegación. En todo caso, una resolución es un acto administrativo y puede impugnarse ante el tribunal administrativo. También serían motivos de impugnación las violaciones de principios como el de igualdad de trato o el de discrecionalidad limitada. Pero aquí expreso mi opinión personal, los consultores empresariales no brindan asesoría legal.