Mottenhausen
24.12.2018 00:16:34
- #1
La efecto expropiatorio, en mi opinión, se aplica en otros casos: por ejemplo, un árbol bloquea la única vía de acceso posible o algo similar.
En tu caso aún hay alternativas: al menos: 1. otro uso (no construir una casa unifamiliar); 2. construir más pequeño; 3. permiso excepcional para las distancias reglamentarias. El árbol solo será removido cuando se hayan agotado las otras opciones.
Al final tendrás que enfrentarte a la acusación de que al comprar el terreno ya reconociste tácitamente la ordenanza de protección de árboles. En el contrato de compra posiblemente haya una cláusula general sobre el conocimiento de la validez de las leyes o normativas del municipio.
Yo intentaría la solicitud excepcional que tú enlazaste, quizás solo para poda: reducir el radio de la copa hacia el este en 2 m. Si esto es rechazado, siempre puedes buscar ayuda legal. Porque esto (excepto la primera asesoría) no será barato según cómo se desarrolle, si se toma en cuenta el valor del asunto (¿terreno?) para calcular los honorarios.
En tu caso aún hay alternativas: al menos: 1. otro uso (no construir una casa unifamiliar); 2. construir más pequeño; 3. permiso excepcional para las distancias reglamentarias. El árbol solo será removido cuando se hayan agotado las otras opciones.
Al final tendrás que enfrentarte a la acusación de que al comprar el terreno ya reconociste tácitamente la ordenanza de protección de árboles. En el contrato de compra posiblemente haya una cláusula general sobre el conocimiento de la validez de las leyes o normativas del municipio.
Yo intentaría la solicitud excepcional que tú enlazaste, quizás solo para poda: reducir el radio de la copa hacia el este en 2 m. Si esto es rechazado, siempre puedes buscar ayuda legal. Porque esto (excepto la primera asesoría) no será barato según cómo se desarrolle, si se toma en cuenta el valor del asunto (¿terreno?) para calcular los honorarios.