¿Se aplica eso automáticamente de forma general para el área exterior? Pensaba que solo si se trata de un área protegida del paisaje.
El área exterior siempre es área exterior, en la que prácticamente existe una prohibición de construcción, por lo tanto, el área exterior siempre es terreno no urbanizable.
Para mí, la determinación del valor real es importante también porque podría darse el caso de que algún día me vea obligado a vender de nuevo. Entonces, primero, debería ser vendible y, segundo, no solo por la mitad de lo que pagué por ello.
Un objeto en un área protegida del paisaje en área exterior es SIEMPRE una afición. Aquí no hay un valor real que se pueda determinar. Puede ser que la casa tenga un valor material de 50 T€, pero alguien, como aficionado (solo allí se encuentra el pájaro más maravilloso del mundo que el amante de las aves quiere tener como vecino) pague 500 T€. Pero también puede ocurrir que no haya ningún interesado, entonces la parcela vale 0 €.
Un informe de valoración sería más interesante para mí mismo, para tener un punto de referencia sobre cuánto estoy dispuesto a pagar según lo dicho: 'valor real' (por ejemplo, determinado por un informe de valoración) + X (X depende de lo poco que quiera mudarme de aquí).
Un informe de valoración no tiene sentido. El perito no podrá determinar un valor fiable. Para un banco, además, complicaría el hecho de que el valor hipotecable tenderá a cero y el objeto por lo tanto no sería financiable (como mucho basado en tu solvencia personal, pero no en el objeto).
El terreno está más bien en el campo. A 30 minutos en coche de la ciudad más grande más cercana (yo lo llamaría campo; al menos para la mayoría de mis conocidos, ya está tan lejos (para gente acostumbrada a distancias urbanas internas), que se requiere una ocasión especial para que salgan de ahí).
Disfruta la ubicación como inquilino, no como propietario.