Según tengo entendido, el propietario del terreno inicialmente contactó directamente con el jefe de ventas/la empresa de casas prefabricadas, ya que se van a vender varios terrenos aún sin urbanizar y el jefe de ventas también coordina en cierto modo la urbanización.
Cita: La urbanización de un terreno es, según el § 123 del Código de Construcción, tarea del
municipio respectivo, teniendo en cuenta que, según el § 123 apartado 3 del Código de Construcción, no existe derecho legal a la urbanización, incluso si un plan de desarrollo prevé dicha urbanización.
Tengo curiosidad por ver qué resulta en vuestro caso.
Si tienes el número de parcela, puedes preguntar tú mismo en la oficina de urbanismo del municipio si el terreno está urbanizado y, si no, si ya se sabe cuánto podría tardar.
Ellos son muy amables si el posible futuro constructor pregunta de antemano y no se les presenta todo hecho.
Al mismo tiempo puedes aclarar si tu casa deseada, por ejemplo una villa urbana de dos plantas completas y tejado a cuatro aguas, puede ser construida o sólo una casa con tejado a dos aguas de 1,5 plantas y quizás con buhardillas está permitido.
Si puedes colocar tu caseta de jardín en la parte trasera del jardín o sólo directamente al lado de la casa y otras cosas que interesan mucho en la construcción de una casa.
Como por ejemplo también si sólo se puede plantar un seto de 80 cm alrededor de la casa y si no quieres tener toda la vida el jardín a la vista, si debes alejarte de la lindera del terreno con la protección visual.
Entonces posiblemente incluso puedas ahorrarte contratar a todos esos planificadores.
Cualquiera puede hacer una consulta previa de construcción, no es necesario ser propietario del terreno.
Parece como si alguien tuviera un terreno agrícola y soñara con hacerse rico vendiendo parcelas para construcción. Y que los compradores paguen la viabilidad.