Escroda
13.02.2018 08:28:08
- #1
Si en el contrato de compraventa no hay cláusulas, el OP probablemente no tiene nada que temer. Aunque según el §176 del Código de Construcción es posible la intervención de la autoridad, lo que según la ubicación de la casa tampoco evitaría una unión de parcelas, en la práctica casi nunca se aplica debido a la considerable afectación a los derechos de propiedad. En cambio, son habituales cláusulas del tipo: si no construyes conforme al plan de ordenación en un año, el contrato de compraventa se revocará.¿Se podría, según tu conocimiento, invalidar eso reuniendo oficialmente los dos terrenos?
El índice de ocupación del suelo y el índice de edificabilidad están fijados generosamente en 0,4 y 0,8. No he sumado los metros cuadrados, pero aparentemente no será un problema. En caso de realizarse el Plan #15, sería recomendable la unión debido a la construcción sobre la línea divisoria, pero también podría resolverse mediante una carga constructiva. En el #36 se mencionó la opción de la división futura del terreno. Con una colocación hábil hoy, se podría evitar eso en el futuro.¿O no tiene que realizarse la unión de todos modos para poner la superficie total de ambas parcelas en un solo conjunto, en lo que respecta al índice de ocupación del suelo y el índice de edificabilidad?