Agua que fluye salvajemente - ¿Qué es correcto?

  • Erstellt am 28.07.2024 13:34:34

Snowy36

01.08.2024 10:20:40
  • #1
Bueno, ahora me he metido a fondo en los textos legales, he leído sentencias, etc.

Antes quiero aclarar nuevamente la situación del terreno:

Sobre nosotros hay 2 terrenos sin edificar en pendiente, a los cuales también fluye agua de otros terrenos sin edificar que están al lado de estos.
Esta agua no se infiltra completamente en los terrenos laterales con suelo arcilloso, luego corre hacia los terrenos sin edificar, se va haciendo cada vez más y corre hacia nuestro vecino superior, que desafortunadamente ha pavimentado todo en ese lugar (lo cual está permitido si se respeta el coeficiente de ocupación del suelo). En ese sitio tiene una cámara de infiltración que se satura rápidamente y entonces el agua corre hacia la zona de césped detrás de nuestra casa. El siguiente vecino (inferior) ahora ha construido un muro (de unos 40 cm), contra el cual se acumula toda esta agua. En caso de lluvias fuertes, el agua correría hacia nuestro sótano. Él quiere rellenar desde su lado contra esto, pero según el plan de desarrollo ya no está permitido. Por cierto, el plan también prohibió la conexión de las cámaras del sótano al canal, aunque no todos lo han respetado. Encima de esta construcción debería haber un seto (que nuevamente impediría que el agua fluya cuando esté crecido).

En la Ley de Gestión de Aguas (WHG) se define el agua que fluye libremente así:

Según el § 3 Nº 1 WHG se entiende por agua superficial aquella que fluye libremente siguiendo las condiciones naturales del terreno desde manantiales, es decir, que aún no ha formado un cauce. Además, el § 37 inciso 4 WHG establece que los incisos 1 a 3 también aplican al agua que fluye libremente que no proviene de manantiales. Resumiendo, el agua que fluye libremente se define de la siguiente forma:

Por agua que fluye libremente se entiende agua superficial fuera de un cauce que proviene o bien de manantiales o que se acumula en el suelo como agua de lluvia o de deshielo y que fluye siguiendo el nivel del terreno.

Bajo esta definición incluiría entonces nuestra agua. : Tampoco es agua residual, sobre eso también me he informado.

Resumiendo, el § 37 inciso 1 WHG contiene las reglas prohibiendo cambios en el flujo de agua entre vecinos superiores e inferiores.
Un propietario no debe cambiar artificialmente el flujo del agua que fluye libremente de tal manera que cause molestias a los terrenos más bajos, ni viceversa.

Por lo tanto, si mi vecino inferior retiene agua con una construcción, eso no está permitido.

Por supuesto, yo tampoco soy abogado, es una locura cómo hay que abrirse paso para entender todo esto.
 

Fuchur

01.08.2024 11:40:59
  • #2

Entonces planteo la pregunta, aunque sea hereje, de si la construcción realizada en los terrenos no ha alterado al menos ligeramente las condiciones naturales del terreno y/o el flujo de agua antes de la edificación. Entonces, ya no serían condiciones naturales del terreno y toda la cadena argumentativa se vendría abajo.
 

Tolentino

01.08.2024 11:46:19
  • #3
Hmm.
Yo llego a conclusiones completamente diferentes con las mismas fuentes, lo siento.
Empezando por vuestro vecino superior, todos son terrenos edificados y hasta los otros dos terrenos podrían estar incluso pavimentados, eso no queda claro en la descripción. Pero en cualquier caso no es un terreno natural con un cauce natural de agua acumulada.
Frente al vecino superior tenéis el derecho a exigir que él, de alguna manera (mejorar el pozo de infiltración, reducir el grado de impermeabilización) impida que las aguas residuales (= entre otras, aguas pluviales de terrenos edificados o pavimentados) de su terreno no drenen hacia vuestro terreno.
Sigo creyendo que vosotros debéis aseguraros de que vuestras aguas residuales no drenen hacia el terreno de vuestro vecino inferior.
Al final tú debes decidir cómo actuar ahora. ¿Quizás convocar una junta de vecinos con todos los implicados?

Fuchur fue más rápido...
 

Tolentino

01.08.2024 11:57:53
  • #4
Me parece que tú también has leído en una plataforma jurídica especializada. Quizás no hayas leído completo el artículo del señor Hans-Albert Wegner, ya que ahí se dice explícitamente:
 

Snowy36

01.08.2024 12:29:58
  • #5
Pues gracias primero por vuestras objeciones, que en parte también me surgieron al leer las leyes. Adjunto mis pensamientos al respecto:



Pues las dos primeras parcelas están sin edificar, por lo tanto no están modificadas. Si acaso, tendría que mirar al propietario superior, que ha empedrado sobre el terreno natural, por lo que ya no es completamente natural. Según mi entendimiento, él debería encargarse de drenar el agua que no se infiltra por el empedrado, lo hace a través del pozo de infiltración. Pero el pozo no puede recoger el agua de dos parcelas sin edificar de 1400 m² cada una. La fuente sigue encontrándose en las parcelas sin edificar. Estas permanecerán libres al menos 10 años más. No podemos esperar tanto tiempo.


Sí, precisamente allí he leído. Lamentablemente no se puede leer el artículo completo sin un elevado coste, porque el punto "1.2.3 Cambios en el escurrimiento del agua como consecuencia de un cambio en el uso económico del terreno" también me habría interesado. Hay sentencias en las que un propietario superior derribó un garaje y desde entonces el agua corre hacia los propietarios inferiores. Los propietarios inferiores perdieron la demanda en su momento porque se dijo que el propietario superior puede en cualquier momento decidir cómo utiliza su terreno. Si ya no tiene el garaje que retenía el agua: mala suerte.

Volviendo a nuestro caso: el agua del propietario superior que cae sobre el empedrado yo la clasificaría como agua pluvial de área edificada. Pero la mayor parte del agua proviene de parcelas sin edificar, por lo tanto no están impermeabilizadas.
-------------
Entonces entra en juego el párrafo 37.

Por supuesto, todos tenemos que ponernos de acuerdo, nadie tiene ganas de litigios ni sótanos inundados.
 

Tolentino

01.08.2024 13:13:16
  • #6
En la revista de Derecho Ambiental y de Planificación se dice lo siguiente:


Así que los vecinos respectivos podrían juntos, prácticamente en la frontera común, crear depresiones de infiltración.
Además, imagino que cada propietario podría, en sus terrenos, prácticamente crear una “cama” alrededor de su casa, que a su vez desemboque en la próxima depresión de infiltración en la frontera más abajo en la pendiente. Si todos colaboran y ayudan mutuamente, posiblemente esto se pueda hacer bastante rápido.
Los escombros que se generen deberá repartirlos el agricultor en su terreno. Así también él habrá contribuido con algo.
 

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