Snowy36
13.09.2021 21:38:09
- #1
Esta regulación es genial, pero ¿tendrías que dejarla constar de alguna forma notarial? ¡Y luego vienen con la tontería de que eso solo funciona si uno le da al otro un préstamo por los 100K del ejemplo, que por cierto no puede ser sin intereses según Hacienda… Una notaria me envió una propuesta una vez que casi me hace caer de la silla… realmente había escrito que en caso de separación debería devolverle a mi marido el importe total prestado en muy poco tiempo… Lo que en caso de pérdida tras la venta de la casa puede ser un problema serio.Eso no es del todo la práctica habitual. Claro que existe la ganancia común, pero incluso en una separación tras 40 años de matrimonio, se calcula el patrimonio inicial y se tiene en cuenta o se deduce en consecuencia. Lo mismo ocurre con una herencia de los padres que se recibe dentro del matrimonio. Personalmente, encuentro que la sociedad de gananciales regular es muy justa. (Los contratos matrimoniales los considero importantes solo en fundación de empresas y para autónomos.)
Creo que exactamente igual que en el matrimonio debería poder hacerse aquí también. Existe el valor actual del terreno a día de hoy, y ese valor debe poder ser compensado más adelante si es necesario. Ejemplo: El terreno hoy vale 100.000€. En una separación dentro de x años, el hombre recibe 100.000€ + x/2, la mujer recibe 0€ + x/2. (x también puede ser negativo: depreciación y penalización por cancelación anticipada al banco, si uno no puede mantener solo la casa y debe pagar al otro). En el registro de la propiedad cada uno tiene el 50%.