PS: Scout fue más rápido
Tassimat aún más rápido ;)
Principio: para aquello para lo que se firma un crédito, también debe haber un valor equivalente - aquí es una inscripción en el registro de la propiedad. Sin registro, no hay financiación. Así lo veo personalmente.
La diferencia entre el valor del terreno o del registro de la propiedad se puede regular mediante un contrato privado. Significa: si en 5 o 7 años la relación se rompe, la casa pasa a él. Ella se va. Su contribución mensual al crédito se consideraría entonces similar a un alquiler.
Cuando llegan los hijos, uno se compromete y renuncia a esta regla por el bien de la familia y de la pareja. Porque debido al tiempo de crianza, hay otro cálculo del tiempo.
En cuanto a los años, hay que considerar la relación y el valor de la casa razonablemente. Pero en algún momento - mi opinión personal - las alabanzas anticipadas (¿se dice así?), es decir, la ventaja del hombre, caducan: después de un cierto tiempo de relación, ya no se cuentan el dinero separado o el “patrimonio” privado. Ahí lo mío y lo tuyo se convierte en “nuestro”, sin importar cuánto haya aportado cada uno o no.
Para mí, 10 años ya es demasiado.