Desafío en una casa de 1/4 de círculo ;)

  • Erstellt am 05.11.2019 02:16:14

Serdar88

05.11.2019 23:38:17
  • #1


Saludos


Muchas gracias, en la nueva publicación he ajustado a 550.000 €.

Gracias y saludos
 

Serdar88

06.11.2019 00:02:08
  • #2


Lamentablemente no puedo subir este aquí ;D Muchas gracias a todos


BASES JURÍDICAS
Las bases jurídicas de este plan de ordenación son:
Código de Construcción (Código de Construcción)
en la versión de la publicación del 23.09.2004 (BGBl. I. p. 2414), última modificación por el artículo 6 de la ley del 20.10.2015 (BGBl. I p. 1722)
Reglamento Estatal de Construcción
en la versión del 05.03.2010 (GBl. 2010, 357, BER. p. 4169), última modificación por el artículo 1 de la ley del 11.11.2014 (GBl. p. 501)
Reglamento de Uso del Suelo (Reglamento de Uso del Suelo)
en la versión del 23.01.1990 (BGBl I 1990, 132), última modificación por el art. 2 ley del 11.6.2013 (I 1548)
Reglamento de Señales de Planificación (Reglamento de Señales de Planificación)
en la forma del 18.12.1990 (BGBl. I p. 58),
última modificación por el artículo 2 de la ley del 22 de julio de 2011 (BGBl. I p. 1509)

NOTAS DEL PROCEDIMIENTO
1. Resolución de establecimiento según § 2 (1) Código de Construcción
el 24.03.2015
2. Comunicación pública habitual según § 2 (1) Código de Construcción
el 08.04.2015
3. Participación anticipada del público
según § 3 (1) Código de Construcción (inspección del plan)
del 16.04. al 16.05.2015
4. Participación de autoridades y otros entes públicos según § 4 (1) Código de Construcción
del 16.04. al 16.05.2015
5. Aprobación del borrador del plan y resolución de exposición
el 24.11.2015
6. Exposición pública y participación de autoridades según § 3 (2) y § 4 (2) Código de Construcción
6.1 Publicación
6.2 Plazo de exposición / participación de autoridades
el 12.01.2016
del 20.01. al 22.02.2016
7. Evaluación de intereses públicos y privados según § 1 (7)
el 21.06.2016
Código de Construcción
8. Resolución de aprobación por el consejo municipal - sobre el plan de ordenación según § 10 (1) Código de Construcción
- sobre las regulaciones locales de construcción según § 74 Reglamento Estatal de Construcción
el 27.06.2017
9. Comunicación pública habitual de la resolución del plan de ordenación y de las regulaciones locales de construcción
el 04.07.2017
10. Válido jurídicamente según § 10 (3) Código de Construcción Plan de ordenación y regulaciones locales de construcción
el 04.07.2017

PARTE TEXTUAL
Como complemento al plano y al registro del plan se establecen las siguientes disposiciones:

I. DISPOSICIONES PLANIFICADORAS LEGALMENTE VINCULANTES
1. Tipo de uso constructivo
(§ 9 párrafo 1 nº 1 Código de Construcción; §§ 1-15 Reglamento de Uso del Suelo)
1.1 WA - Zona residencial general (§ 4 Reglamento de Uso del Suelo)
Están permitidos edificios residenciales así como tiendas al servicio del suministro de la zona y talleres artesanales que no causen molestias.
Se declaran no permitidos los bares y restaurantes generalmente permitidos según § 4 (2) 2 y 3 Reglamento de Uso del Suelo, así como las instalaciones para fines eclesiásticos, culturales, sociales, de salud y deportivos.
Los usos excepcionalmente permitidos según § 4 (3) Reglamento de Uso del Suelo no forman parte del plan de ordenación.
2. Extensión del uso constructivo
(§ 9 párrafo 1 nº 1 Código de Construcción; §§ 16-21a Reglamento de Uso del Suelo)
2.1 Coeficiente de ocupación del suelo - Coeficiente de ocupación del suelo
Coeficiente de ocupación del suelo según inscripción en el plano.
2.2 Número de plantas completas
Número máximo de plantas completas según inscripción en el plano.
2.3 Situación y altura de las edificaciones
Altura máxima permitida del alero (TH) y cumbrera (FH) según inscripción en el plano:
El punto de referencia inferior es la altura máxima del suelo del piso bajo (EFHmax) establecida en el plan. Están permitidas desviaciones a la baja respecto a las alturas máximas del suelo del piso bajo, respetando las alturas máximas de alero y cumbrera.
Como punto de referencia superior para la altura del alero se considera el punto de intersección entre la pared exterior y la cubierta. La altura del alero debe mantenerse al menos en 2/3 de la longitud del edificio. En techos inclinados unilateralmente, la altura del alero se mide en el lado más bajo del alero (ver esquema explicativo).
Como punto de referencia superior para la altura de la cumbrera se considera el borde superior de las tejas de cumbrera. En techos inclinados unilateralmente y en techos a dos aguas con desplazamiento, se considera el punto más alto de la superficie del techo (ver esquema explicativo).
La altura máxima del suelo del piso bajo (casa unifamiliar) se establece referida a una altura sobre el nivel del mar determinada para cada parcela.
Esquema explicativo techo a dos aguas:
Método constructivo, superficies edificables y no edificables y ubicación de las edificaciones
(§ 9 párrafo 1 nº 2 Código de Construcción; §§ 22-23 Reglamento de Uso del Suelo)
3.1 Método constructivo
Método constructivo permitido según inscripción en el plano. Esto significa:
ED = construcción abierta, permitidos solo casas individuales y casas pareadas
3.2 Superficies edificables
Las superficies edificables y no edificables se determinan por los límites de construcción según inscripción en el plano.
3.3 Posición de las edificaciones
La dirección principal de los edificios y la de la cumbrera solo pueden ser perpendiculares o paralelas a los límites de construcción. Se permiten desviaciones hasta 10°.
4. Plazas de aparcamiento, garajes y anexos
(§ 9 párrafo 1 nº 4 Código de Construcción; §§ 12 y 14 Reglamento de Uso del Suelo)
4.1 Garajes y plazas de aparcamiento cubiertas
Garajes así como plazas de aparcamiento cubiertas (cocheras) están generalmente permitidos dentro de las superficies edificables.
Fuera de las superficies edificables, garajes y plazas de aparcamiento cubiertas (cocheras) están permitidos con una distancia mínima de 5,0 m en el lado de acceso y de 1,0 m en los demás lados respecto a las superficies viales.
En la zona de parcela entre el límite de construcción posterior opuesto al acceso principal y el límite posterior de la parcela, los garajes y plazas de aparcamiento cubiertas (cocheras) están prohibidos.
4.2 Anexos
Los anexos, en la medida que estén previstos como edificios, solo están permitidos dentro de las superficies edificables. Los cobertizos para herramientas de jardín de hasta 40 m³ están permitidos también fuera de las superficies edificables en las áreas posteriores de la parcela opuestas al acceso principal.
5. Número máximo permitido de viviendas en edificios residenciales
(§ 9 párrafo 1 nº 6 Código de Construcción)
El número de unidades habitacionales está limitado como sigue:
- 2 unidades habitacionales por edificio residencial en casas individuales,
- 1 unidad habitacional por mitad de casa pareada utilizada como edificio residencial.
Superficies de circulación
(§ 9 párrafo 1 nº 11 Código de Construcción)
6.1 Distribución de superficies de circulación
Las distribuciones de las superficies de circulación presentadas en el plano deben entenderse como directrices no vinculantes para la ejecución.
7. Superficies y medidas para la protección, cuidado y desarrollo del suelo, naturaleza y paisaje
(§ 9 párrafo 1 nº 20 y párrafo 1a Código de Construcción)
7.1 Afirmado superficial
Las plazas de aparcamiento para coches, accesos a viviendas, antejardines de garajes, terrazas y senderos deben diseñarse de modo que el agua de lluvia pueda infiltrarse (ej. adoquines para césped, pavimento de césped, césped con grava, pavimento permeable, etc.). La base debe adaptarse al revestimiento.
7.2 Exclusión de cubiertas metálicas y revestimientos de fachada no recubiertos
Están prohibidas las cubiertas metálicas y revestimientos de fachada no recubiertos.
7.3 Iluminación de la zona
Para proteger a los insectos nocturnos, la iluminación de calles y caminos debe realizarse con lámparas que respeten a los insectos según el estado actual de la técnica. Deben escogerse luminarias que emitan luz dirigida hacia abajo y no produzcan luz dispersa.
Las iluminaciones permanentes privadas están prohibidas.
7.4 Separación de aguas pluviales
El agua de lluvia no contaminada de los tejados y superficies viales se evacua a través de zanjas abiertas y se recoge en tres depósitos reguladores de agua pluvial en el límite oriental del área de vigencia.
7.5 Medida <1>: Areas verdes en Höchstberger Weg
Las áreas verdes se mantienen para su conservación. Los arbustos y la vegetación se mantienen y aseguran en su estado actual.
Si es necesario, las áreas abiertas que se creen durante la reconstrucción del camino y la conexión de la cuneta de drenaje con la zanja existente serán sembradas con césped paisajístico. Las áreas abiertas deben cortarse dos veces al año y retirarse el material de siega.
Medida <2>: Área verde en el límite sureste de la zona
El área verde se designa como área para plantación y simultáneamente como área para medidas de protección. Se establecen dos depósitos de tierra. Las pendientes se hacen lo más planas posible y con inclinaciones alternas. El lecho de los depósitos se debe sembrar con una mezcla ribereña para biotopos húmedos variables (semillas de origen certificado). Deben cortarse una vez al año y retirarse el material de siega.
En la zona más ancha al norte del depósito regulador de agua (RRB) se debe plantar una fila de cinco árboles caducifolios o frutales autóctonos del área, cuidarlos y reemplazarlos si mueren. Se deben plantar tres árboles más al sur del RRB. Los árboles deben tener un diámetro del tronco de 12-14 cm en el momento de la plantación como árboles de copa alta. La distancia entre plantas debe ser de 8 m, y la distancia a caminos y demás áreas colindantes de 4 m.
En el 20 % del área se deben plantar grupos de arbustos autóctonos. Se debe considerar 2 m² de superficie por arbusto.
Distancias entre plantas: 1,5 m
Tamaño de las plantas: 2 veces v, 60 - 100 cm
Las otras áreas se deben sembrar con semillas certificadas para praderas ricas (wiesen). Deben cortarse dos veces al año y retirarse el material de siega.
Debe observarse lo indicado para la plantación en el anexo.
7.7 Medida <3>: Área verde en el límite noreste de la sección 2 de construcción
El área verde se designa como área para plantación y simultáneamente como área para medidas de protección. Una pequeña superficie parcial en el noroeste, destinada al drenaje fuera del área urbanizable, está designada solo como área para plantación.
En la franja de unos 3 m de ancho en el límite oeste se plantará una fila de arbustos nativos al área. La distancia entre arbustos debe ser de 1,5 m y la distancia a caminos y áreas colindantes de 1 m.
En el área más ancha se deben plantar, cuidar y reemplazar en caso de muerte ocho árboles caducifolios o frutales autóctonos del área. Los árboles deben tener un diámetro del tronco de 12 - 14 cm en el momento de la plantación como árboles de copa alta. La distancia entre plantas debe ser de 8 m, y la distancia a caminos y demás áreas colindantes de 4 m.
El resto del área se debe sembrar con semillas certificadas para praderas ricas. Debe cortarse dos veces al año y retirarse el material de siega.
Debe observarse lo indicado para la plantación en el anexo.
Medida <4>: Área verde en la zona del RRB norte
El área verde se designa como área para plantación y simultáneamente como área para medidas de protección.
Se instalará un depósito de tierra. Las pendientes se harán lo más planas posible y con inclinaciones alternas.
El lecho del depósito se debe sembrar con mezcla ribereña para biotopos húmedos variables (semillas certificadas). Debe cortarse una vez al año y retirarse el material de siega.
En los bordes se deben plantar, cuidar y reemplazar cuatro árboles caducifolios o frutales autóctonos del área. Los árboles deben tener un diámetro del tronco de al menos 12 - 14 cm en el momento de la plantación como árboles de copa alta.
Las otras áreas se deben sembrar con semillas certificadas para praderas ricas. Deben cortarse dos veces al año y retirarse el material de siega.
Debe observarse lo indicado para la plantación en el anexo.
7.9 Asignación de medidas compensatorias
Las superficies y medidas de compensación en el resto del área de vigencia del plan de ordenación, así como las superficies y medidas fuera del área de vigencia, se asignan a las parcelas en las que se esperan intervenciones, en proporción a la superficie sellada o edificable.
A las superficies viales se asignan el 33,29 % (8.197 m² de superficie sellada), y a las parcelas el 66,71 % (16.429 m² de superficie edificable) de las superficies y medidas de compensación.
 

Serdar88

06.11.2019 00:05:40
  • #3


Exacto, la entrada del garaje está al norte, por lo tanto abajo al este

Saludos
muchas gracias
 

Serdar88

06.11.2019 00:12:59
  • #4


Sí, suena tonto, pero después de años de búsqueda, uno termina comprando algo así alguna vez.
La cuestión es qué se hace con ello, alguien que no tiene hijos, ¿qué puede planear?
Sea lo que sea que planifiques, es solo un riesgo, puedo planear dos hijos y tener dos habitaciones vacías durante años y al final quizás no tener hijos. Así que todo es especulativo.
 

Serdar88

06.11.2019 00:18:44
  • #5


Hola,

lamentablemente todavía estamos al principio y lidiamos con la geometría de la casa.
Con gusto te presentaré el techo, pero creo que todavía tardará un poco :S

El tema de los padres y compañía está de alguna forma en el foco, pero creo que la geometría de la casa como la presentaron los compañeros en L también es interesante.

Muchas gracias y saludos
Serdar
 

11ant

06.11.2019 01:17:59
  • #6

Porque ignoras el consejo de simplificarla.


La geometría del techo es aún más complicada, pero se simplifica al mismo tiempo si se simplifica la de la casa.


Qué alivio que finalmente aquí ya no se nos abrume con PDFs. Los planes de construcción se pueden nombrar simplemente: Posemuckel Nr. 258 "bei den sieben Zwergen", eso cada uno puede buscarlo por sí mismo y listo.
 

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