Casi todos los contratos de crédito pueden ser revocados - Tribunal de Justicia de la UE

  • Erstellt am 27.03.2020 22:26:06

Maschi33

14.04.2020 21:20:03
  • #1
Correcto, de esta manera se deshacen de la mayoría de los aprovechados desde el principio, ya que de todos modos son demasiado tacaños para una protección legal completa.
 

Zauberwesen

14.04.2020 21:35:36
  • #2
Tener razón y hacer valer la razón son, como siempre, dos cosas diferentes
 

Tassimat

15.04.2020 01:30:16
  • #3
Bueno, se podría presentar la objeción mañana y esperar a ver qué se decide. Si es válida, cuenta desde la presentación y se tendría la oportunidad de recuperar los intereses desde la objeción. Lo malo es que se debe poder cancelar todo el préstamo dentro de los 30 días de manera provisional.

Si uno no teme el riesgo y tiene suficiente dinero de reserva, me parecería una solución encantadora. Otra cosa más donde los ricos pueden volverse un poco más ricos, respaldada por la protección al consumidor.
 

Yaso2.0

15.04.2020 15:20:32
  • #4
Estado actual conmigo:

Hoy conversación con un intermediario de financiación, con motivo de una "posible oferta".

En la conversación me informaron directamente que la mayoría de los bancos rechazan a los clientes que vienen por una revocación. ING, por ejemplo, rechazaría inmediatamente.

La posible oferta es: 0,36% a 10 años. Sin embargo, también me dijeron que el banco correspondiente decide caso por caso en situaciones de cambio como esta.

Pero he preguntado en el banco que actualmente financia si se puede volver a hablar sobre el interés, ya que no me gustaría cambiar de banco.

En caso de que mi banco principal no acceda pero acepte la revocación posterior, podría pedir prestado el dinero para la cancelación dentro de la familia hasta la firma de la nueva financiación, en caso de que pueda tardar en el otro banco.
 

Yaso2.0

17.04.2020 12:25:53
  • #5
La siguiente respuesta acaba de llegar de mi banco actual:

........
hacemos referencia a su consulta mencionada.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) con la sentencia del 26.03.2020 solo decidió que una regulación de la información de revocación utilizada en Alemania para contratos de préstamos al consumo no es compatible con el derecho europeo. Cabe señalar que el Tribunal Federal de Justicia (BGH) ya ha confirmado en varias ocasiones que estas informaciones de revocación se ajustan al derecho alemán y al modelo legal vigente en Alemania. Por lo tanto, quedan excluidas las reclamaciones de los prestatarios contra las entidades financieras que conceden los créditos.

La implementación incorrecta del derecho europeo por parte del legislador alemán solo podría dar lugar a responsabilidades patrimoniales de la administración pública. Sin embargo, no podemos evaluar si usted cuenta con tales reclamaciones contra el legislador alemán.


Así que hay que esperar a lo que diga el BGH al respecto..

Debo confesar que pensé que una sentencia del TJUE anulaba la sentencia del BGH. Sin embargo, mis investigaciones posteriores no lo han confirmado.

¿O hay alguien aquí que ya haya tenido otras experiencias?
 

fragg

17.04.2020 12:57:53
  • #6
en la BHW hay una hoja adicional tamaño A4. en ella está escrito de todo, entre otras cosas: Si nuestra cláusula es inválida, la oposición caduca de todos modos después de un máximo de un año tras la firma del contrato
 
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