Casa para 2 familias: Construcción en límite con la casa vecina un 70 % más cara.

  • Erstellt am 23.03.2018 16:19:31

Spunk

26.03.2018 02:11:44
  • #1
Entonces, antes de que lo olvide: ¡en la Variante 1 es imprescindible ir primero al asesor fiscal! Porque si el terreno se edifica y luego se divide (en el registro de la propiedad), la oficina de impuestos les cobrará el impuesto sobre la adquisición de inmuebles por la vivienda y el terreno. A ellos no les importa quién pagó qué, cuándo y cómo. Solo cuenta lo que existe en el momento del traspaso de la propiedad. Sería tonto pagar un 3,5% de impuesto sobre la adquisición de inmuebles sobre los costos proporcionales de la vivienda. Si primero se adquiere la cuota parte estimada en el terreno, solo se paga el impuesto sobre la adquisición de inmuebles sobre eso. Al menos ese es mi entendimiento legal... para información realmente vinculante -> asesor fiscal. Y en la Variante 2 un asesor fiscal tampoco está de más -> véase abuso de forma.
 

toxicmolotof

26.03.2018 07:56:49
  • #2


La recomendación con el asesor fiscal es buena y correcta. De todas formas, hay que hacerlo. Pero por otro motivo diferente.

¿Por qué demonios debería la oficina de hacienda cobrar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales en ese caso?

No importa qué opción se elija, no veo ni un solo euro que vaya a la oficina de hacienda (si se hace correctamente).
 

Spunk

26.03.2018 09:46:55
  • #3
Sí... Tienes razón, para la transferencia de propiedad libre de impuestos tienes tres opciones.

1. Shared Deal - demasiado complicado
2. Heredar - no quiero asumir eso
3. donación sin contraprestación - y depende mucho de cómo se redacte el contrato notarial de donación. Especialmente si la SE tiene varios hijos. No conozco ese tema. Pero la oficina de impuestos es implacable. Solo porque no se haya pagado nada, no significa para la oficina de impuestos que sea sin contraprestación.

Por eso, antes al asesor fiscal, después es demasiado tarde.
 

Evolith

26.03.2018 11:03:15
  • #4
¿Por qué tan complicado? Ustedes reciben la escritura del terreno y la casa entera es de ustedes.
Los SE obtienen un derecho de vivienda vitalicio y sin alquiler (pero ellos pagan los gastos adicionales) con ustedes (establecido contractualmente).
Para aportar su parte al crédito, les regalan una buena suma de capital propio. ¡Listo! ¿O lo veo demasiado simple?
Si los SE de todas formas quieren que todo vaya a la hija, entonces deberían hacerlo ahora, antes de que se convierta en patrimonio hereditario.
 

Caspar2020

26.03.2018 11:19:09
  • #5


Sí. al menos todavía no está claro para todos los involucrados en el procedimiento que la última construcción no será aceptada por los bancos y que, en cuanto a derechos de propiedad, podría presentar desventajas y riesgos.



Supongo que la SE está muy apegada a su propiedad...
 

Spunk

26.03.2018 11:38:37
  • #6

Sí, lo ves demasiado simple. Eso no sería, por ejemplo, una adquisición sin contraprestación. Eso creo (o quizás... no estoy seguro. -> asesor fiscal)

Además, esto tiene aún más desventajas que mi variante 2. No puedes deducir nada de los impuestos (aunque seas propietario).

Además, el derecho de uso residencial está inscrito en el registro de la propiedad y provoca una depreciación en la financiación.

Y la vida es un perro.
Conozco un caso donde un hombre concedió a su nueva esposa un derecho de uso residencial. Y los hijos debían recibir la casa al final.
Hasta ahí todo bien. Pero por desgracia la mujer (madrastra) se enfermó y tuvo que ir a una residencia. Debido al derecho de uso residencial (que solo termina tras la muerte), los hijos no pudieron ni alquilar ni vender la casa. La casa está vacía y se está deteriorando desde hace años. Aproximadamente 200.000 € por la chimenea.
Piensa en lo imposible en esas cosas o KISS (keep it simple and stupid).
 

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