Spunk
26.03.2018 02:11:44
- #1
Entonces, antes de que lo olvide: ¡en la Variante 1 es imprescindible ir primero al asesor fiscal! Porque si el terreno se edifica y luego se divide (en el registro de la propiedad), la oficina de impuestos les cobrará el impuesto sobre la adquisición de inmuebles por la vivienda y el terreno. A ellos no les importa quién pagó qué, cuándo y cómo. Solo cuenta lo que existe en el momento del traspaso de la propiedad. Sería tonto pagar un 3,5% de impuesto sobre la adquisición de inmuebles sobre los costos proporcionales de la vivienda. Si primero se adquiere la cuota parte estimada en el terreno, solo se paga el impuesto sobre la adquisición de inmuebles sobre eso. Al menos ese es mi entendimiento legal... para información realmente vinculante -> asesor fiscal. Y en la Variante 2 un asesor fiscal tampoco está de más -> véase abuso de forma.