Climbee
27.05.2019 08:22:32
- #1
Quien esté inscrito en el registro de la propiedad también es dueño de la casa que está sobre la parcela. Punto.
Ahora, si el terreno pertenece a tu amiga (o le pertenecerá), cuando construyan juntas una casa en él, entonces también les pertenecerá a ambas, sin importar quién pague por la casa.
Si ella financia la casa sola, está bien así; si financian juntas, entonces deben encontrar una solución.
Si tú también vas a financiar, es decir, te conviertes en deudor ante el banco, el banco seguramente insistirá en que aparezcas en el registro de la propiedad con una cuota; de lo contrario, no obtendrán el crédito.
Luego depende de cuántas cuotas debas figurar en el registro. Desde el punto de vista de los costos, lo más conveniente es que tu amiga te regale una cuota del terreno, y que este regalo esté por debajo del importe máximo de 20.000 € (si se casan, la exención será mayor, pero si no están casados, solo son 20.000 €). Consulta el valor catastral del suelo y calcula cuántos metros cuadrados puede regalarte tu amiga sin superar ese importe máximo mencionado. Entonces aparecerás en el registro de la propiedad y no debería haber más obstáculos para la financiación.
Haz esto ANTES de empezar a construir, ya que solo se tiene en cuenta el precio del terreno; si la casa ya existe, se calcula todo.
Sin embargo, si esta cuota representa exactamente la parte que tú vas a aportar en la casa es otro tema.
Si financian la casa al 50%, probablemente no recibas suficientes cuotas del terreno con el regalo de 20.000 € para reflejarlo. Entonces pueden aumentar la cuota del terreno que te van a ceder; en ese caso, ante el notario harían una donación por 20.000 € y la parte que supere esa cantidad se vendería. Pero deben tener cuidado: para eso se aplica el impuesto sobre transmisiones patrimoniales Y debe haber un flujo real de dinero comprobable; de lo contrario, será una donación y se gravará en consecuencia (por lo general, con un impuesto más alto que el de transmisiones).
Otra posibilidad: mantienen que solo posees cuotas del terreno por valor máximo de 20.000 € y regulan en un contrato notarial cómo se repartirá todo en caso de separación. Eso también es posible y los acuerdos sólo entran en vigencia si se separan.
Ahora, si el terreno pertenece a tu amiga (o le pertenecerá), cuando construyan juntas una casa en él, entonces también les pertenecerá a ambas, sin importar quién pague por la casa.
Si ella financia la casa sola, está bien así; si financian juntas, entonces deben encontrar una solución.
Si tú también vas a financiar, es decir, te conviertes en deudor ante el banco, el banco seguramente insistirá en que aparezcas en el registro de la propiedad con una cuota; de lo contrario, no obtendrán el crédito.
Luego depende de cuántas cuotas debas figurar en el registro. Desde el punto de vista de los costos, lo más conveniente es que tu amiga te regale una cuota del terreno, y que este regalo esté por debajo del importe máximo de 20.000 € (si se casan, la exención será mayor, pero si no están casados, solo son 20.000 €). Consulta el valor catastral del suelo y calcula cuántos metros cuadrados puede regalarte tu amiga sin superar ese importe máximo mencionado. Entonces aparecerás en el registro de la propiedad y no debería haber más obstáculos para la financiación.
Haz esto ANTES de empezar a construir, ya que solo se tiene en cuenta el precio del terreno; si la casa ya existe, se calcula todo.
Sin embargo, si esta cuota representa exactamente la parte que tú vas a aportar en la casa es otro tema.
Si financian la casa al 50%, probablemente no recibas suficientes cuotas del terreno con el regalo de 20.000 € para reflejarlo. Entonces pueden aumentar la cuota del terreno que te van a ceder; en ese caso, ante el notario harían una donación por 20.000 € y la parte que supere esa cantidad se vendería. Pero deben tener cuidado: para eso se aplica el impuesto sobre transmisiones patrimoniales Y debe haber un flujo real de dinero comprobable; de lo contrario, será una donación y se gravará en consecuencia (por lo general, con un impuesto más alto que el de transmisiones).
Otra posibilidad: mantienen que solo posees cuotas del terreno por valor máximo de 20.000 € y regulan en un contrato notarial cómo se repartirá todo en caso de separación. Eso también es posible y los acuerdos sólo entran en vigencia si se separan.