ypg
18.08.2017 10:19:28
- #1
Sí, según el vendedor (privado) está contractualmente estipulado que es posible comprar el terreno.
No, aún no... Pero eso no debería ser el objeto de mi pregunta. Supongo que es cierto lo que dice el vendedor.
¡Claro que sí! El contrato es definitivamente el objeto de tu pregunta. Primero escribes que el terreno pertenece al Land NRW, y aquí de nuevo dices que el vendedor es privado. ¿Con eso te refieres al dueño de la casa?
Normalmente (nosotros también tenemos un terreno en derecho de superficie) el propietario del terreno con derecho de superficie debe estar involucrado en la venta. Ellos tienen posiblemente derecho a opinar. También depende de la letra pequeña del contrato. Yo, en tu lugar, antes de darle vueltas al tema, me lo miraría sin falta. ¿Qué pasa al terminar el contrato? ¿Realmente existe una opción de compra? Eso no es común con terrenos del Estado o de la Iglesia... El propietario de la casa sabe de la mala condición del terreno en derecho de superficie, que "pronto" termina. Así que podría atarte emocionalmente a la casa como interesado, darte información errónea sobre el terreno que después – ups... – se descubra en la notaría o en la mesa del banco.
Si no, después de 13 años habré pagado la casa, pero el terreno no será mío....
Eso no debería ser un problema, ya que tú eres arrendatario. Los arrendatarios también tienen derechos.
Por otro lado, durante los próximos 13 años pagaré la casa y luego estaré libre de deudas... y podría ahorrar entonces 300 € mensuales para la compra del terreno
Queda por ver en qué estado estará la casa entonces. También esta acarrea a partir de cierta edad más costes de renovación y modernización. ¿Vas a meter realmente una cierta suma en el fondo de ahorro para "liberar" el terreno o se destinará a mantener el valor del edificio?
¿Y luego qué? Entonces ya no tienes casa. No se prorroga automáticamente; salvo que hayas acordado con el otorgante del derecho de superficie a tiempo. Normalmente la carga por derecho de superficie se incrementa considerablemente.
Por supuesto que todavía tienes la casa. No te la expropian solo porque finalice el contrato de arrendamiento.