Mischmax
13.10.2019 11:34:45
- #1
Hola,
estaría muy agradecido por indicaciones y valoraciones sobre el siguiente caso:
La señora F y el señor M están casados en régimen de gananciales y compran un inmueble. Por razones emocionales, la señora F insiste en que el inmueble se adquiera con participaciones de propiedad de un 50% cada uno.
Patrimonio prematrimonial: M tiene 600.000 €, F tiene 200.000 €, el patrimonio total es de 800.000 €. Por simplicidad no hay ganancia de patrimonio.
El inmueble cuesta 800.000 € y se paga con el patrimonio, y se inscribe en el registro de la propiedad con participaciones de propiedad del 50% cada uno.
En caso de divorcio, M y F tendrían cada uno un patrimonio de 400.000 €, y se producirían las siguientes ganancias patrimoniales:
M: -200.000 € -> se pone a cero, ya que no existe "ganancia de patrimonio negativa"
F: +200.000 €
Compensación de ganancia patrimonial: F debe pagar 100.000 € a M.
Patrimonio tras la compensación:
M: 500.000 € (es decir, pérdida de 100.000 €)
F: 300.000 € (ganancia de 100.000 €)
Si el inmueble se hubiera adquirido con una participación del 75% para M y del 25% para F, no se produciría este desplazamiento. Pero F quiere poseer obligatoriamente el 50% del inmueble - ¿qué regulaciones o posibilidades proponen para equilibrar este desequilibrio? Idealmente sin un contrato matrimonial notarial.
Lo que se me ocurre de inmediato:
¡Estaría muy agradecido por indicaciones y consejos!
estaría muy agradecido por indicaciones y valoraciones sobre el siguiente caso:
La señora F y el señor M están casados en régimen de gananciales y compran un inmueble. Por razones emocionales, la señora F insiste en que el inmueble se adquiera con participaciones de propiedad de un 50% cada uno.
Patrimonio prematrimonial: M tiene 600.000 €, F tiene 200.000 €, el patrimonio total es de 800.000 €. Por simplicidad no hay ganancia de patrimonio.
El inmueble cuesta 800.000 € y se paga con el patrimonio, y se inscribe en el registro de la propiedad con participaciones de propiedad del 50% cada uno.
En caso de divorcio, M y F tendrían cada uno un patrimonio de 400.000 €, y se producirían las siguientes ganancias patrimoniales:
M: -200.000 € -> se pone a cero, ya que no existe "ganancia de patrimonio negativa"
F: +200.000 €
Compensación de ganancia patrimonial: F debe pagar 100.000 € a M.
Patrimonio tras la compensación:
M: 500.000 € (es decir, pérdida de 100.000 €)
F: 300.000 € (ganancia de 100.000 €)
Si el inmueble se hubiera adquirido con una participación del 75% para M y del 25% para F, no se produciría este desplazamiento. Pero F quiere poseer obligatoriamente el 50% del inmueble - ¿qué regulaciones o posibilidades proponen para equilibrar este desequilibrio? Idealmente sin un contrato matrimonial notarial.
Lo que se me ocurre de inmediato:
[*] M vigila que las futuras ganancias patrimoniales estén siempre en una cuenta o depósito a su nombre. Solo así se protege contra la ganancia patrimonial negativa que le perjudica.
[*] M y F firman un contrato de préstamo (¿sin intereses y sin obligación de devolución?) por los 200.000 € que F "gana" al adquirir el inmueble. ¿Qué requisitos formales debe cumplir este contrato de préstamo para que funcione en la compensación de ganancia patrimonial como un "pagaré" de F a M?
[*] Contrato matrimonial notarial, por el cual, en desviación de la regulación legal, también se compensan las ganancias patrimoniales negativas. Pero esto supone riesgos si uno de los cónyuges contrae deudas importantes.
[*] ¿Qué más se les ocurre?
¡Estaría muy agradecido por indicaciones y consejos!