Calle privada - ¿qué te espera allí?

  • Erstellt am 19.04.2023 23:12:19

KarstenausNRW

21.04.2023 08:48:42
  • #1
Acceso = aseguramiento mediante carga urbanística Carga urbanística no es igual a posibilidad real de uso Servidumbre = posibilidad real de uso

Así que, en resumen. Si consigues el acceso a través de una propiedad ajena, la carga urbanística basta para el permiso de construcción/uso. Pero sin servidumbre, puede haber un muro en la propiedad ajena que te prohíba expresamente llegar a la casa. ¿Genial, no? No es tan simple como lo escribes. No existe una inscripción obligatoria de un derecho de paso.
 

andimann

21.04.2023 08:50:10
  • #2
Moin,
estaba un poco curioso y busqué al respecto. Me parece bastante raro, sobre todo lo de bloquear la calle con anillos de hormigón. Sin embargo, eso debería ser muy fácil de solucionar, porque con eso se bloquea el único carril para bomberos y servicios de emergencia....

Pero es cierto, antes de estresarse, probablemente sería mejor comprar la calle uno mismo.

Saludos,
Andreas
 

guckuck2

21.04.2023 11:11:31
  • #3


Admito que no conozco completamente todas las situaciones.

Pero también puedo contar de primera mano que el vecino A logró registrar un derecho de paso sobre el terreno del vecino B para un terreno que se encuentra detrás de su propia propiedad (una situación complicada debido a la pendiente, etc.), a fin de hacer ese terreno utilizable. El vecino B tuvo que aceptarlo, ya que no era posible un camino a través del vecino A (toda la anchura del terreno estaba edificada, en el caso del vecino B no).
 

KarstenausNRW

21.04.2023 11:30:35
  • #4
Son casos aislados que en ocasiones deben ser litigados hasta tribunales superiores. Por lo demás, vale lo que he expuesto. También se puede consultar fácilmente en internet con varios despachos de abogados. Ellos pueden explicarlo mejor que yo.
 

Scout**

22.04.2023 14:12:08
  • #5

Por ejemplo, en la Ordenanza de Construcción Estatal de Baviera basta con una distancia de 50 m de un edificio desde una vía pública para que la vía pública pueda servir como área suficiente de estacionamiento. En esos 50 m caben fácilmente de 6 a 7 casas adosadas o 3 casas unifamiliares independientes.

Y un derecho de paso de emergencia establecido siempre se aplica solo a peatones, ¡nunca a vehículos! En caso de añadidos/reformas/trabajos en el jardín/entregas de transporte, entonces todo debe hacerse con carretilla o con dos brazos, posiblemente por un prado o barro. Eso es todo lo que permite un derecho de paso de emergencia.
 

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