¿Qué quieres decirme con eso?
El problema es que tus otros hilos no terminan con una decisión tuya sobre las opciones mencionadas. Y aquí también le agradeces a por sus esfuerzos, pero no te pronuncias sobre cuál opción prefieres. Ese será también el problema del notario, que aún no sabes exactamente qué quieres construir. Primero debes consultar con un arquitecto y con la autoridad de licencias de construcción para explorar qué es posible en realidad.
Así que quiero mantener la distancia mínima de 3 m al vecino en mi terreno. Sin embargo, quiero quedarme a 1 m del límite con el terreno de mis padres.
Tomemos el deseo como dado y que no existe un plan de ordenación urbana ni un límite de construcción efectivo (para evaluar esto se necesitaría un recorte amplio del catastro con la edificación vecina). Entonces esta sería una posibilidad:

Los respectivos propietarios de los terrenos declaran formalmente ante la autoridad de licencias de construcción la asunción mutua de las superficies de separación (T3 parcialmente, T4 totalmente). El notario no tiene nada que ver con esto, a menos que se pretenda además la seguridad registral, lo cual sólo tiene sentido si se planean pagos compensatorios duraderos. Estas superficies no podrán ser edificadas.
Mientras no exista un plan concreto, tampoco se puede redactar un acuerdo vinculante o declaración ante la autoridad de construcción y, en su caso, ante el registro de la propiedad, porque la profundidad de las superficies de separación depende de las dimensiones exactas del proyecto. En este momento eso aún no es necesario, ya que solamente se trata de una transmisión de propiedad dentro de la familia. Pero si la desconfianza es tan grande que las declaraciones necesarias no se van a hacer más adelante, entonces el permiso de construcción debe solicitarse antes de la transmisión de la propiedad.