seth0487
16.01.2020 14:07:32
- #1
: Admito que fue algo resumido y simplificado, pero ya escribí que la tarifa de alimentación puede caducar durante el año. Nadie sabe exactamente cuándo todavía. Si se alcanza el tope (tope de 52 GW), no es que la remuneración termine inmediatamente. Hay un período de transición de 2 meses (no encuentro el enlace ahora). Por supuesto, yo solo instalaría un sistema en el techo si tuviera una fecha concreta de conexión y supiera que aún recibiré la remuneración por mi electricidad.
Que mencionara aquí la liquidación del IVA de hecho se me olvidó mencionar. Sin embargo, no es nada comparado con los ingresos/ahorros. Debido a que estoy sujeto al IVA, se puede recuperar el IVA de todo el sistema fotovoltaico. Por eso todo el asunto fiscal tiene sentido. Si a uno no le interesa, simplemente se acoge a la regulación del pequeño empresario.
Lo que suceda si no hay tarifa de alimentación, se verá. Pero no creo que haya que regalar el excedente...
Antes de aceptar cualquier oferta de un instalador solar, realmente se debería echar un vistazo antes al f-o-r-o d-e f-o-t-o-v-o-l-t-a-i-c-a...
Que mencionara aquí la liquidación del IVA de hecho se me olvidó mencionar. Sin embargo, no es nada comparado con los ingresos/ahorros. Debido a que estoy sujeto al IVA, se puede recuperar el IVA de todo el sistema fotovoltaico. Por eso todo el asunto fiscal tiene sentido. Si a uno no le interesa, simplemente se acoge a la regulación del pequeño empresario.
Lo que suceda si no hay tarifa de alimentación, se verá. Pero no creo que haya que regalar el excedente...
Antes de aceptar cualquier oferta de un instalador solar, realmente se debería echar un vistazo antes al f-o-r-o d-e f-o-t-o-v-o-l-t-a-i-c-a...