Entonces es el Código de Construcción... De lo contrario, lo sabrías.
También lo supongo, porque el Código de Construcción aplica si no se ha acordado contractualmente otra cosa.
Si realmente se quisiera separar, los 8% probablemente reflejarían los "gastos reembolsables justificables" del contratista, que según el Código de Construcción se deben pagar en caso de cancelación del contrato. Creo recordar que en un contrato según el Código de Construcción en derecho de la construcción está estipulado que los servicios y gastos realizados hasta ese momento por el contratista deben ser remunerados, y que los servicios mencionados en el contrato pero aún no realizados deben ser acreditados. Pero aquí viene el problema: si el contratista no puede utilizar las capacidades planificadas de manera rentable con otros encargos o compensarlas, podrían surgir otras reclamaciones contra el cliente. La carga de la prueba recae entonces en el cliente y eso será difícil si el contratista no se comporta de manera cooperativa, lo cual no creo que sea el caso.
O se logra establecer un clima de colaboración necesario o se termina con los 8%; sinceramente, no veo otra opción y probablemente acabará en caos.
*Edit*
Yo intentaría reunir a todos en una misma mesa. Organizar hospitalidad para todos (con los enemigos, como es sabido, no se comparte la comida) y una comunicación abierta sobre los problemillas y quejas. Solo si eso no funciona, empezaría a considerar una salida.