Conozco a alguien que tiene aproximadamente 5 millones de € de deudas de crédito (con un valor inmobiliario de quizás unos 6 millones de €); él paga mensualmente más de 15.000 € en cuotas de crédito con un salario de empleado (no funcionario) de aproximadamente 4.000 €. Así que la afirmación de que la cuota del crédito debe ser cubierta únicamente con los ingresos actuales sería definitivamente incorrecta.
Nadie lo ha afirmado. Solo debes poder permitirte el crédito, eso es todo.
Sé que los bancos generalmente aplican una tasa del 80% para considerar los ingresos por alquiler
Correcto
Como mencioné al principio, toda esta toma de crédito está limitada por mi parte a unos 7 años. (se puede incluir en el contrato que la propiedad deba venderse dentro de 7 años; como dije, incluso si tal cláusula no estuviera en el contrato, igualmente vendería esta propiedad después de unos 7 años).
Esa cláusula es contraria a la moralidad. A los bancos tampoco les interesa eso. Por favor, tenga en cuenta el impuesto a la especulación.
Podría cubrir cómodamente el pago de las cuotas del crédito durante 7 años con mis reservas y aún tendría suficiente para vivir durante ese tiempo, incluso si no recibiera ninguna pensión/sueldo.
Yo digo, podrías ir el fin de semana al casino y tus reservas desaparecerían... Eso también dice el banco. Alternativamente, deposítalo como garantía.
¿Qué significa CONCRETAMENTE para un banco que el pago de las cuotas del crédito está asegurado? Para eso tendrían que existir regulaciones exactas, con números concretos y ratios que puedan ser calculados.
¿Existe alguna cláusula en las directrices/regulaciones bancarias regulatorias que establezca que los ingresos por trabajo/pensión deben cubrir un x% de la cuota del crédito?
No, no existen regulaciones concretas. Las nuestras te las he mencionado. Según esas, no serías capaz de cubrir el servicio de la deuda y, por tanto, no serías solvente con nosotros. Pero cada banco lo ve según sus propios criterios. Por eso no hay UNA respuesta aquí.
Quiero solicitar el crédito en el banco donde ya tomé el primer crédito; solo que tengo que estar muy bien preparado para una conversación con ellos y conocer las directrices bancarias CONCRETAS que actualmente, lamentablemente, no conozco realmente.
Solo tu banco puede decírtelas.
Repito mi pregunta 2 del 1er post:
¿Me volverán a pedir los comprobantes de salario en una nueva solicitud de crédito en el mismo banco?
¡SÍ! Eso forma parte de la revisión según el §18 KWG.
:
No soy un negocio. ¿Cómo es la situación para un cliente particular?
Yo sé que para clientes particulares, al vencimiento del periodo fijo de interés, debe poder sostenerse una anualidad suficientemente alta (por ejemplo, 6%). Así que si ahora tienes intereses bajos y una amortización baja en tus préstamos, probablemente tampoco se vería bien...
Tú mismo debes calcularlo.