Noelmaxim
27.04.2019 20:26:01
- #1
Financiaría a vencimiento solo en caso de alquiler. Porque ahí me sirve un interés alto constante fiscalmente en el lado de los costos de la casa. En inmuebles de uso propio siempre anualidad. Si después de, digamos, 15 años, mi préstamo de anualidad no está amortizado, sino que quedan 60 mil, entonces lo cancelo añadiendo a la anualidad una suma x por mes en i shares o algo similar. Pero seguro no en un contrato de ahorro para la vivienda con un interés de saldo del 1%.
Es completamente legítimo que hagas las cosas como crees, por eso no tiene que ser la variante más económica.
Si un consumidor desea seguridad en el interés y costos calculables, después de la casa de ahorros se debe elegir la variante de amortización completa.
También cabe señalar que tu variante con una deuda residual de 60,000 euros tras 15 años de tipo fijo y un ahorro paralelo de 60,000 euros podría organizarse de forma más económica con una variante de 8 años de tipo fijo y significativos ahorros de interés, y un contrato de ahorro para la vivienda maduro tras 8 años.