Con gusto, ya lo había intentado, pero quizás faltan aún algunos datos:
¿Existe un plan de desarrollo urbano y/o una ordenanza de plazas de aparcamiento del municipio?
Hay una ordenanza complementaria que regula la edificación, pero en cuanto al tema de las plazas de aparcamiento solo dice que caminos, plazas de aparcamiento y accesos deben tener una estructura permeable al agua y al aire. Más abajo, donde se habla sobre la forma permitida de los techos, se enumeran garajes, cocheras y edificios anexos como excepciones a las disposiciones respecto a la forma del techo. Por lo que puedo ver, no hay más regulaciones, pero si es necesario intentaría llamar nuevamente al municipio.
La ordenanza aplica específicamente a nuestra calle.
¿Existe en el NO una entrada prevista en la calle, que está a 3 m del terreno?
Sí, en el NO hay una entrada. Esto se explica porque en 2025 se construirá un camino peatonal junto a la calle, y en ese proceso también se crearán accesos a los terrenos. Dos terrenos "comparten" siempre 6 m de acceso, donde según la orientación del terreno la entrada queda siempre a la derecha o a la izquierda en la "esquina" del terreno.
Primero me preocuparía por dónde se colocará la casa.
Nuestra orientación fue así: Construimos lo más cerca posible de la calle, a la "derecha" de la casa (en el plano del terreno, es decir, hacia el norte), donde está la entrada, los autos/cochera/garaje deberían estar en el borde del terreno, adyacente a esto la casa, para que hacia el oeste (o sea a la izquierda en el plano) tengamos distancia al terreno vecino.
Hacia la calle, por supuesto, también debemos mantener al menos los 3 m, quizás algo más, para poder maniobrar bien con el auto o, eventualmente, para que los visitantes puedan estacionar en el terreno.
Como alternativa se podría considerar planificar las plazas de aparcamiento del lado de la calle delante de la casa, pero entonces siempre habría que salir de forma incómoda doblando la esquina, porque los accesos están previstos justo en el borde del terreno.