¿Eh? No entiendo qué tiene que ver eso con la pendiente. Con el sótano la rentabilidad porcentual disminuye, pero más superficie habitable en el ático también significa más ingresos por alquiler, ¿no? Cambiando de tema: según el código de construcción estatal, no tengo que cumplir con los 2,3 m en el ático. Solo debe ser menos de 3/4 del piso inferior con una altura igual o mayor a 2,3 m, ¿verdad?