nordanney
11.11.2018 21:01:39
- #1
No son acuerdos favorables para el beneficiario del derecho de superficie. Yo, como banquero inmobiliario, no compraría el inmueble bajo ninguna circunstancia.
La cuantía del canon de derecho de superficie puede establecerse bastante libremente según las condiciones actuales del mercado. Por lo tanto, véase mi cálculo arriba. Con 450€ al mes ya sería muy económico y aún así podría aumentarse de forma significativa un año después.
El pago compensatorio corresponde solo a 2/3 del valor de las construcciones, el "valor común" ==> valor de mercado. Por tanto, pérdida de 1/3.
P.D. Por cierto, no tienes derecho a prolongar la duración del derecho de superficie. ¡Eso solo lo puede hacer el propietario!
La cuantía del canon de derecho de superficie puede establecerse bastante libremente según las condiciones actuales del mercado. Por lo tanto, véase mi cálculo arriba. Con 450€ al mes ya sería muy económico y aún así podría aumentarse de forma significativa un año después.
El pago compensatorio corresponde solo a 2/3 del valor de las construcciones, el "valor común" ==> valor de mercado. Por tanto, pérdida de 1/3.
P.D. Por cierto, no tienes derecho a prolongar la duración del derecho de superficie. ¡Eso solo lo puede hacer el propietario!