¿Qué reclamaciones se deben registrar?
Todavía ninguna, ya que no hay ninguna comunicación del administrador concursal y el abogado de derecho de la construcción que he contactado no puede hacer nada por ahora.
El dinero pagado en exceso está en la masa concursal y el resto del servicio ya no se realizará.
¿Cómo puedes juzgar eso? Todos los servicios que deben prestarse hasta la construcción del sótano ya se han prestado o se están prestando actualmente y para el sótano aún no hemos hecho ningún pago, así que según este cálculo todavía no se ha perdido dinero. A menos que los servicios, como por ejemplo la finalización del plan de obra, ya no se presten, pero según vuestro cálculo estos trabajos suponen solo el 3-5 % de la suma, por lo que perderíamos como máximo unos 12000 €.
Todas las afirmaciones se refieren únicamente a un contrato de obra, mientras que la pregunta de si realmente se trata de un contrato de obra o, como se indicó al principio, de un contrato de promotor inmobiliario, sigue sin respuesta.
Se trata de un contrato de obra.